Resolución 6/2022

Fecha de publicación27 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO


Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-55450415- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la Ley Nº 24.354 del Sistema Nacional de Inversiones Públicas y sus modificatorios, los Decretos Nros. 720 del 22 de mayo de 1995 y sus modificatorios, y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, INVERSIÓN PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 1 del 29 de abril de 2021 y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 1 del 11 de febrero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 24.354 del Sistema Nacional de Inversiones Públicas y sus modificatorios se creó el Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) cuyos objetivos son la iniciación y actualización permanente de un inventario de proyectos de inversión pública nacional y la formulación anual y gestión del Plan Nacional de Inversiones Públicas.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º incisos c) y e) de dicho marco normativo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tiene a su cargo la organización y mantenimiento actualizado del Banco de Proyectos de Inversión de modo tal que permita el seguimiento de los proyectos y que resulte compatible con el control de la ejecución presupuestaria, e intervenir en los proyectos a ser incorporados en el Plan Nacional de Inversiones Públicas.

Que el artículo 9º de la citada Ley N° 24.354 y sus modificatorios indica que el Plan Nacional de Inversiones Públicas debe elaborarse en consonancia con el Presupuesto Nacional.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 720 del 22 de mayo de 1995 y sus modificatorios, determina que la Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP), es la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; mientras que el artículo 2° designa como órgano responsable del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA, de la referida SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de esta jurisdicción.

Que por el Decreto N° 50 del 19...

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