Resolucion Nº 1.930
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 11 de Agosto de 2014 |
RESOLUCION Nº 1.930
Mendoza, 11 de agosto de 2014
Visto los expedientes 67-D-14-04904, 96-D-14-04904, 97-D-14-04904 y 98-D-14-04904, en los cuales es solicita la aprobación de los Convenios de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, celebrados entre el Dr. Manuel Sandobal, Coordinador del Área Sanitaria General Alvear y las personas que se mencionan, quienes se desempeñaron en dicha Área dependiente del Ministerio de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que resultó imprescindible contar con recursos humanos idóneos para instrumentar diversos programas, y tareas implementadas por el Ministerio de Salud.
Que no revistando en la Jurisdicción personal suficiente para la implementación y funcionamiento de los Programas en marcha, resultó indispensable contratar bajo el sistema de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, a personas para la realización de las tareas que posibiliten alcanzar los objetivos que el Ministerio se ha propuesto como metas para año 2014.
Que a la fecha de la presente Resolución, el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley N° 8530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro, según lo establecido en el Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, Artículo 5 y Capítulo XI - "De la reconducción del presupuesto" de la Ley N° 3799, y demás disposiciones establecidas por la Ley N° 8667.
Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y la conformidad de la Dirección de Centros de Salud y de acuerdo con lo dispuesto por Ley Nº. 7557, Arts. 2°, 3°, 4° y 5°, Ley N° 8530 Art. 88 y Art. 93, Decreto Reglamentario N° 354/13, y demás normativas aplicables.
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Aprobar por el período que se detalla, los Convenios de Servicios Personales para Prestaciones Indispensables, celebrados oportunamente entre el Dr. Manuel...
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