Resolución 483/2022

Fecha de publicación19 Mayo 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-44110471- -APN-CRNBP#MDS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL entender, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de integración socio urbanos de los Barrios Populares identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP).

Que mediante la Ley N° 27.453, y su modificatoria, se declaró de interés público el Régimen de integración socio urbana de los Barrios Populares identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP) creado por el Decreto Nº 358/17 y se definió a la “integración socio urbana” como el conjunto de acciones orientadas a la mejora y ampliación del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación ambiental, el fortalecimiento de las actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la seguridad en la tenencia y la regularización dominial, y se estableció que tales acciones deberán ser progresivas, integrales, participativas y con enfoque de género y diversidad.

Que mediante la modificación introducida por el Decreto Nº 358/17 al Decreto N° 2670/15 se creó, en la órbita de la referida Agencia, el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP).

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 789/19 se transfirió el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) a la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, actual MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que, en tal sentido, por el artículo 1° del Decreto N° 880/21 se procedió a sustituir el artículo 46 del Anexo del Decreto Nº 2670 del 1° de diciembre de 2015 y su modificatorio, disponiendo la registración en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP), de bienes inmuebles donde se asientan barrios populares, construcciones existentes en dichos barrios y datos de las personas humanas que habitan y/o jurídicas con asiento en ellas, al 31...

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