Resolución 47. Delegación.

Fecha de disposición15 Abril 2016
Fecha de publicación15 Abril 2016
SecciónResoluciones

Resolución 47/2016

Delegación.

Bs. As., 14/04/2016

VISTO el Expediente N° S01: 0062502/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las Leyes Nros. 17.319, 24.076, 26.741 y 27.007, los Decretos Nros. 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 22 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 y 272 de fecha 29 de diciembre de 2015, las Resoluciones Nros. 1 de fecha 18 de enero de 2013, 60 de fecha 8 de noviembre de 2013, 3 de fecha 16 de abril de 2013 todas ellas de la ex Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 3° de la Ley N° 17.319 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades de autoabastecimiento del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.

Que entre los principios de la política hidrocarburífera de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Artículo 3° de la Ley N° 26.741 contempla la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo.

Que, por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, se creó el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA el cual absorbió las funciones de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que por el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y se fijaron los objetivos de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por el Artículo 25 de la Ley 27.007, el PODER EJECUTIVO NACIONAL a través de la ex Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS administra el...

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