Resolución 445/2008
Fecha de disposición | 11 Noviembre 2008 |
Fecha de publicación | 11 Noviembre 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31529 |
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º PRESUPUESTO 2008 (En pesos) FONDO: SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE CONCEPTO DIFERENCIAS I - INGRESOS CORRIENTES 1.488.689.685
Ingresos Tributarios 543.400.000
Ingresos no Tributarios Ingresos de Operación Rentas de la Propiedad 15.533.710
Transferencias Corrientes 929.755.975
Otros Ingresos Corrientes II - GASTOS CORRIENTES 1.420.433.038
Remuneraciones Bienes y Servicios -296.000
Impuestos Indirectos Depreciación y Amortización Previsiones Ajuste por Variación de Inventario Intereses Internos Intereses Externos Transferencias Corrientes 1.420.433.038
Impuestos Directos Otros 296.000
III - RESULTADO ECONOMICO (I-II) 68.256.647
IV - INGRESOS DE CAPITAL 0
Venta y/o Desincorporación de Activos Otros Ingresos de Capital 0 .Transferencias de Capital .Otros (Increm. deprec. y amort., etc.) V - GASTOS DE CAPITAL 273.739.241
Inversión Real Directa Transferencias de Capital 273.739.241
VI - RESULTADO FINANCIERO (III+IV-V) -205.482.594
TOTAL INGRESOS 1.488.689.685
TOTAL GASTOS 1.694.172.279
VII - FINANCIAMIENTO (VIII-IX) 205.482.594
VIII - FUENTES FINANCIERAS 205.482.594
Disminución de Activos Financieros 205.482.594
Aumentos de Pasivos 0 .Préstamos Internos .Préstamos Externos .Aumento de Pasivos Circulantes Incremento del Patrimonio IX - APLICACIONES FINANCIERAS 0
Aumento de Activos Financieros Disminución de Pasivos 0 .Amortizaciones Internas .Amortizaciones Externas .Disminución de Pasivos Circulantes Disminución del Patrimonio PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º PRESUPUESTO 2008 (En pesos) FONDO: SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO 2008
I - INGRESOS CORRIENTES 5.425.442.565
Ingresos Tributarios 2.848.900.000
Ingresos no Tributarios 11.452.880
Ingresos de Operación Rentas de la Propiedad 15.533.710
Transferencias Corrientes 2.549.555.975
Otros Ingresos Corrientes CONCEPTO PRESUPUESTO DEFINITIVO 2008
II - GASTOS CORRIENTES 4.642.756.726
Remuneraciones Bienes y Servicios 430.000
Impuestos Indirectos Depreciación y Amortización Previsiones Ajuste por Variación de Inventario Intereses Internos Intereses Externos Transferencias Corrientes 4.641.970.726
Impuestos Directos Otros 356.000
III - RESULTADO ECONOMICO (I-II) 782.685.839
IV - INGRESOS DE CAPITAL 0
Venta y/o Desincorporación de Activos Otros Ingresos de Capital 0 .Transferencias de Capital .Otros (Increm.deprec.y amort., etc.) V - GASTOS DE CAPITAL 1.048.458.419
Inversión Real Directa Transferencias de Capital 1.048.458.419
VI - RESULTADO FINANCIERO (III+IV-V) -265.772.580
TOTAL INGRESOS 5.425.442.565
TOTAL GASTOS 5.691.215.145
VII - FINANCIAMIENTO (VIII-IX) 265.772.580
VIII - FUENTES FINANCIERAS 425.077.386
Disminución de Activos Financieros 266.038.466
Aumentos de Pasivos 159.038.920 .Préstamos Internos .Préstamos Externos .Aumento de Pasivos Circulantes 159.038.920
Incremento del Patrimonio IX - APLICACIONES FINANCIERAS 159.304.806
Aumento de Activos Financieros Disminución de Pasivos 159.304.806 .Amortizaciones Internas .Amortizaciones Externas .Disminución de Pasivos Circulantes 159.304.806
Disminución del Patrimonio Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos ARANCELES Resolución 445/2008
Fíjanse los aranceles por los bienes y servicios que presta el Instituto Nacional de Semillas.
Bs. As., 6/11/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0089493/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 528 del 17 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 528 del 17 de noviembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se establecieron los aranceles por los distintos servicios y bienes que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, adecuados a la situación económica de ese momento.
Que ante el incremento de los valores de los rubros que conforman los costos operativos --mano de obra, viáticos, insumos varios-- del organismo, a los efectos de brindar la contraprestación correspondiente al cobro de los mencionados aranceles y a fin de asegurar el financiamiento que permita cumplir con los compromisos de dar o hacer asumidos, es necesario adecuar los valores fijados para los mismos.
Que de la práctica de control surge que no es necesaria la imposición de los Libros de Registro de Viveros por parte del organismo de contralor en virtud de contar con otro tipo de documentación de uso obligatorio que aporta a los mismos fines.
Que a fin de promover la descentralización operativa se hace necesario otorgar algún beneficio para que el productor utilice las dependencias habilitadas en el interior del país por el INSTITUTO NACIONAL DE SEmartes 11 de noviembre de 2008 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.529 11
MILLAS para la entrega de hologramas y/o rótulos oficiales.
Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, es el órgano competente para resolver sobre la fijación de aranceles según el Artículo 8º, inciso g) del Decreto Nº 2817 del 30 de diciembre de 1991.
Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por Ley Nº 20.247 en su reunión de fecha 12 de febrero de 2008, según Acta Nº 350, presta acuerdo a la modificación de aranceles propiciada.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades conferidas en el Artículo 8º, inciso g) del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:
Fíjanse los aranceles por los bienes y servicios que presta el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de acuerdo a los siguientes conceptos:
a) Estudio de diferenciación de cultivares: PESOS TRESCIENTOS OCHENTA ($ 380,00).
b) Inscripción de cultivares en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares: PESOS UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 1.387,00).
c) Anualidad para los cultivares inscriptos en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares:
PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 475,00). Queda establecida como fecha límite para el pago del arancel anual del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares el día 31 de julio de cada año.
d) Certificación de la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares: PESOS TRECE CON TREINTA CENTAVOS ($ 13,30).
e) Inscripción y su renovación anual en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas, discriminando entre las siguientes categorías:
-
CRIADERO (Categoría A) Inscripción: PESOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($ 2.527,00). Anualidad: PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.263,50).
-
INTRODUCTOR (Categoría B) Inscripción:
PESOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($ 2.527,00). Anualidad: PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.263,50).
-
PRODUCTOR DE SEMILLA BASICA O HIBRIDA (Categoría C) Inscripción:PESOS UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES ($ 1.273,00).
Anualidad: PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 636,50).
-
SEMILLERO (Categoría D) Inscripción: PESOS UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES ($ 1.273,00). Anualidad: PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 636,50).
-
IDENTIFICADOR (Categoría E) Inscripción:
PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 969,00). Anualidad: PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON...
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