Resolución 2329/2008

Fecha de publicación08 Septiembre 2008
Fecha de disposición08 Septiembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31484

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Regístrase el Estatuto de la OBRA SOCIAL DE PETROLEROS PRIVADOS (RNOS 1-2790), obrante a fs. 1087/1090 del Expediente del VISTO.

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y oportunamente, archívese. -- Héctor A. Capaccioli.

SECRETARIA DE CULTURA Resolución 2329/2008

Apruébanse los requisitos para el otorgamiento de subsidios en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

Bs. As., 29/8/2008

VISTO la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2005), las Resoluciones SC. Nº 619/99, SC. Nº 620/99,

SC. Nº 1653/05, SC. Nº 933/06, SC.

Nº 1579/06, SC.Nº 1968/06, SC.Nº 681/07,

SC. Nº 2329/07 y SC. Nº 2330/07, y CONSIDERANDO:

Que en los artículos y de la Ley Nº 11.672 se establecen recaudos y requisitos de alcance general, a cuyo cumplimiento debe subordinarse el otorgamiento de subsidios en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que las referidas disposiciones han sido instrumentadas en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Nación, por intermedio de las Resoluciones citadas en el Visto, que progresivamente han aprobado reglamentos dirigidos a entidades de naturaleza diversa, constituidas como peticionarias de aportes, subsidios o contribuciones.

Que a partir de ello se ha conformado un escenario de dispersión normativa que atenta contra el principio de celeridad, que debe imperar en todo procedimiento administrativo.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario elaborar un acto administrativo de alcance general que, garantizando el adecuado cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley Nº 11.672, y los aspectos de control previstos en la Ley Nº 24.156 y normativa complementaria, facilite la vehiculización de los subsidios que otorga esta cartera en cumplimiento de los fines públicos que le son propios, garantizando la pluralidad y la amplitud de las convocatorias dirigidas a organizaciones sociales, comunidades indígenas, personas físicas, u otros destinatarios.

Que, asimismo, resulta necesario determinar las competencias y responsabilidades de las distintas áreas que integran esta Secretaría en el procedimiento de evaluación, selección, otorgamiento, rendición y control de los subsidios otorgados, con el objeto de asegurar la oportunidad y sustentabilidad de los proyectos seleccionados, así como garantizar la adecuada gestión de los aspectos de procedimiento.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 101/85 y Nº 392/86, y en cumplimiento de los fines asignados a esta Secretaría por el Decreto 357/02, modificado por su similar, Nº 176/03.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse los requisitos para el otorgamiento de subsidios en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, que como anexo I integran la presente medida, que deberán cumplimentarse en todas las convocatorias o trámites de otorgamiento que en adelante se efectúen, con independencia de las bases y condiciones, modalidades operativas, plazos, y otros requisitos particulares que allí se establezcan.

Art. 2º

Apruébase el procedimiento interno de gestión para el otorgamiento de subsidios en el ámbito de esta Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, que como anexo II integra la presente medida.

Art. 3º

Deróganse las Resoluciones SCN Nº 619/99 y Nº 620/99.

Art. 4º

Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y, cumplido, archívese. -- José Nun.

ANEXO I Reglamento para el otorgamiento de subsidios I. Todas las entidades que soliciten subsidios a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación deberán cumplimentar con la siguiente modalidad de presentación para que el mismo pueda hacerse efectivo:

A.- Nota dirigida al Sr. Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación.

B.- Descripción del proyecto a implementar.

C.- Datos de la entidad y documentación respaldatoria.

D.- Alta de Beneficiario.

  1. La nota dirigida al Sr. Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación para la solicitud de subsidios deberá contener los siguientes datos: nombre, DNI, domicilio, objeto de la solicitud, monto peticionado, y declaración jurada asegurando la efectiva realización del proyecto presentado.

  2. La descripción del proyecto deberá contener un detalle circunstanciado de los aspectos de gestión y financieros de la actividad a realizar, especificando el destino concreto de los fondos requeridos. En tal sentido, será necesario incluir:

    1. Resumen ejecutivo del proyecto;

    2. Detallar cómo ha surgido la idea de su realización;

    3. Especificar si el mismo se encuentra ya en funcionamiento de algún modo;

    4. Metas y objetivos;

    5. Fundamentos del proyecto;

    6. Descripción del contexto de realización, población destinataria incluyendo referencias cuantitativas;

    7. Etapas, actividades y responsables de su implementación, cronograma detallado de la ejecución del proyecto y de la afectación del subsidio al mismo;

    8. Efectos e impacto esperados en la comunidad por la realización del proyecto y existencia o no de mecanismos previstos para evaluarlos;

    9. Presupuesto detallando el monto total que insume la realización del proyecto así como el destino de los aportes solicitados a la Secretaría y de los recursos propios.

  3. Las personas jurídicas deberán presentar los datos de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal, y en fotocopias autenticadas por escribano público, policía, funcionario judicial o funcionario público nacional, provincial o municipal, la documentación que a continuación se detalla, según la naturaleza de la entidad:

    1. - Resolución o acto de otorgamiento de personería jurídica y certificado de vigencia de la misma.

    2. - Ultimo acta de designación de autoridades, extraídas del libro de actas debidamente rubricado, y vigente en el momento de solicitar el subsidio.

    3. - Estatuto de la entidad actualizado con todas las modificaciones que hayan resultado de la vida social.

    4. - Ultimo Balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, presentados en la Inspección General de Justicia, INAES, u organismo que corresponda según la naturaleza de la entidad, certificado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

    5. - DNI del o los representante/s legal/es de la entidad (tres primeras hojas).

      Asimismo, deberán presentar:

    6. -...

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