Resolución 2636/2012

Fecha de disposición11 Diciembre 2012
Fecha de publicación19 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 11/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.509.929/2012 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por el Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013 y sus modificatorias, el Decreto 336 de 23 de marzo de 2006, las Resoluciones MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 256 del 23 de octubre de 2003, Nº 45 del 16 de enero de 2006, Nº 1.169 del 10 de octubre de 2007, Nº 497 del 13 de mayo de 2008, Nº 708 del 14 de julio de 2010, Nº 1440 del 13 de diciembre de 2010, Nº 695 del 13 de agosto de 2012, las Resoluciones de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 964 del 16 de diciembre de 2008, Nº 905 del 27 de julio de 2010, Nº 2147 del 20 de diciembre de 2010, Nº 2186, del 29 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013 faculta a este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a establecer periódicamente programas y acciones destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presentan mayores dificultades de inserción laboral.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 256/03, se creó el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO, el cual tiene como objetivo principal contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo mediante la articulación de distintas políticas públicas instrumentadas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y otros organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, con la participación de actores socio-productivos de nivel local.

Que por el Decreto 336/06, se instituyó el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, de base no contributiva, como parte de una estrategia de atención a la contingencia de desempleo que incluya distintas políticas activas de promoción del empleo y formación profesional ejecutadas por este Ministerio.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 497/08, se creó el PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, con el objeto de generar oportunidades de inserción social y laboral para jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años, con estudios formales incompletos, a través de su inclusión en acciones integradas que les permitieran identificar el perfil profesional en el cual desearan desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y/o prácticas calificantes en ambientes, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 708/10, se unificaron los criterios, condiciones y alcances de las actividades en ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, instituidas por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 696/06, y de las prácticas calificantes en ambientes de trabajo del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, bajo la denominación común de ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 905/10, se reglamentaron las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO instituidas por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 708, del 14 de julio de 2010.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1440/10, se modificaron los criterios, condiciones y alcances del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45/06, el cual tiene por objeto promover la inserción laboral de trabajadores desocupados que perciban una ayuda económica mensual en el marco de programas o acciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 2186/10, se reglamentó el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45/06 y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.169/07 se aprobó el REGLAMENTO GENERAL PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A GOBIERNOS PROVINCIALES O MUNICIPALES.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 964/08 se aprobaron los formularios de rendición de cuentas y se definieron los criterios y condiciones para su aplicación.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 2147/10 se aprobó el Reglamento de Seguimiento Técnico y Supervisión de Acciones de Empleo y Formación Profesional y sus respectivos formularios.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante su Resolución Nº 695/2012, creó el PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” que tiene por objeto potenciar las calificaciones y habilidades laborales de trabajadores afectados por problemáticas de empleo, mediante su incorporación en obras de infraestructura comunitaria o productiva, vinculada a la generación y sostenimiento del empleo, que les permitan adquirir o consolidar saberes propios del sector de la construcción y/o contribuyan a la permanencia en su situación de empleo.

Que para la puesta en marcha del citado Programa resulta necesario reglamentar sus alcances, aprobar sus instrumentos operativos y regular los procedimientos para la presentación, evaluación, aprobación y ejecución de los proyectos presentados en el marco del mismo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 695/12 en su artículo 10.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1°

— Apruébase el Reglamento del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” que como ANEXO forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Delégase en la Dirección Nacional de Promoción del Empleo la aprobación de los instrumentos, formularios y manuales operativos necesarios para la ejecución del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO”.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Enrique Deibe.

ANEXO

PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO”

REGLAMENTO

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 35
CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Artículos 1 a 7
ARTICULO 1° Objeto

El PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” tiene por objeto potenciar las calificaciones y habilidades laborales de trabajadores afectados por problemáticas de empleo, mediante su incorporación en obras de infraestructura productiva o comunitaria, vinculada a la generación y sostenimiento del empleo, que les permitan adquirir o consolidar saberes propios del sector de la construcción y/o contribuyan a la permanencia en su situación de empleo.

ARTICULO 2° Objetivos

El PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” tiene los siguientes objetivos específicos:

1) apoyar la inserción laboral de trabajadores desocupados, mediante la promoción de pequeñas obras de interés productivo o comunitario y la generación de incentivos para su contratación;

2) incrementar las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados a través de su inclusión en acciones de entrenamiento para el trabajo vinculadas al sector de la construcción;

3) contribuir al sostenimiento en el empleo de trabajadores asociados en Cooperativas de Trabajo del sector de la construcción, mediante el apoyo a la realización de obras;

4) promover la generación de nuevos puestos de trabajo, así como el sostenimiento de los existentes, en áreas productivas o de servicio, mediante la puesta en funcionamiento de nuevas infraestructuras;

5) promover la construcción de obras de pequeña escala que den respuesta a necesidades de carácter social o productivo de alcance local.

ARTICULO 3° Líneas de Acción

El PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” se implementará a través de la ejecución de proyectos de obra enmarcados en las siguientes líneas de acción:

1) la Línea de CONSTRUCCION: orientada a la construcción de obras nuevas o ampliación de obras existentes;

2) la Línea de MEJORAMIENTO EDILICIO: orientada a la refacción, reacondicionamiento y/o mejora de obras existentes.

ARTICULO 4° Entidades Responsables

Podrán formular y ejecutar proyectos de obra como Entidades Responsables en el marco del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, entes públicos autárquicos o descentralizados, e instituciones sin fines de lucro, inscriptos en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo, de acuerdo a lo establecido en cada Línea de Acción.

ARTICULO 5° Población objetivo

Podrán participar en la ejecución de los proyectos de obra del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO”:

1) trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO (18) años incluidos en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, en el PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO o en otros programas o acciones ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL;

2) trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO (18) años que presenten dificultades de inserción en el empleo;

3) trabajadores nucleados en Cooperativas de Trabajo de la construcción; preferentemente aquellos que hayan participado del PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO.

ARTICULO 6° Modalidades de ejecución

Las Entidades Responsables podrán ejecutar los proyectos de obra mediante alguna de las siguientes modalidades:

1) la contratación laboral de trabajadores desocupados, comprendidos en el artículo 5°, incisos 1) y 2), en el marco del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, con las especificidades establecidas por el presente Reglamento;

2) la contratación de una Cooperativa de Trabajo de la construcción, registrada en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR