Resolución 3550.

Fecha de disposición18 Noviembre 2015
Fecha de publicación18 Noviembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 3550/2015

Bs. As., 12/11/2015

VISTO el Expediente N° 1267/95 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92, el Decreto 2255/92, y las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 y N° 3064/04; y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 16 de julio de 1996 el ENARGAS dictó la Resolución ENARGAS N° 340/96 autorizando a FIRMAT GAS S.A. (en adelante "FIRMAT") para operar como Subdistribuidor en la Localidad de Fírmat, Provincia de Santa Fe, en el área de Licencia de LITORAL GAS S.A., por el término de diez (10) años, prorrogable según desempeño y situación contractual con la titular del emprendimiento, hasta alcanzar los treinta y cinco años, contados a partir del 28 de diciembre de 1992.

Que los considerandos de la Resolución ENARGAS N° 340/96 que otorgó la autorización a FIRMAT, indicaron que el emprendimiento se acometió en el marco de la Resolución ex S. S. E. N° 144/90, y que la titular del emprendimiento es la Municipalidad de Firmat, que había entregado en comodato a favor de la peticionante las obras e instalaciones para la explotación, comercialización y distribución del servicio de gas natural en la localidad.

Que ante el vencimiento del término de la autorización, el Subdistribuidor se presentó solicitando su renovación, iniciando así el trámite correspondiente.

Que para viabilizar la petición del Subdistribuídor en el marco del Artículo 16 de la Ley N° 24076, su reglamentación y las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 y N° 3064/04, se analizaron los antecedentes agregados en este Expediente N° 1267/95, incluyendo el análisis circunstanciado vertido en los Informes GCEX/GAL N° 15/2013, GAL/GCEX N° 1441/2014 y GREX/GAL N° 45/2015; teniendo en cuenta como antecedente y con fundamento en el Memorándum GR N° 189/2011, Informes GD N° 109/2011 y N° 696/2014; GDyE N° 127/2012, N° 26/2013, N° 251/2014 y N° 309/2015; GCER N° 2245/2012 y GCER N° 1428/2015 y GA N° 12/2013.

Que del análisis de los documentos arrimados y los informes citados se desprende que FIRMAT ha dado formal cumplimiento a la presentación de la documentación respaldatoria requerida por la normativa relacionada con la actividad de esa Empresa en su carácter de Subdistribuidor, incluyendo la información socíetaria, contable, patrimonial y en materia de seguros, y que no existen motivos para desaconsejar el otorgamiento de la renovación para operar como Subdistribuidor.

Que en tal sentido, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR