Resolución 35/2023

Fecha de publicación12 Enero 2023
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO


Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-03203596- -APN-DGD#MT, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, la Ley de Empleo N° 24.013 y sus modificatorias, la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708 del 14 de julio de 2010 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905 del 27 de julio de 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Empleo N° 24.013, en su artículo 3°, incluye dentro de las políticas de empleo a las acciones de promoción y defensa del empleo, de protección a trabajadores desempleados y de formación y orientación profesional para el empleo.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.013 tiene la competencia para ejecutar acciones destinadas a fomentar el empleo de las trabajadoras y los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010, y modificatorias, se regulan las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO que tienen por objeto mejorar las condiciones de empleabilidad de trabajadoras/es desocupadas/os mediante el desarrollo de prácticas en ambientes de trabajo que incluyan procesos formativos y acciones de tutoría tendientes a enriquecer sus habilidades y destrezas laborales.

Que por el artículo 21 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010, se faculta a la SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de aplicación y a celebrar los convenios que sean necesarios para la implementación de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905/2010, y modificatorias, se aprobó el Reglamento de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO.

Que las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO se implementan a través de las siguientes Líneas: 1) Entrenamiento en el Sector privado, 2) Entrenamiento en el Sector Público, 3) Entrenamiento en Instituciones sin fines de lucro y 4) Entrenamiento para Trabajadores con Discapacidad.

Que las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO prevén su instrumentación a través de la formulación y ejecución de proyectos de entrenamiento para el trabajo por parte de entidades públicas o privadas que reúnan las características establecidas por su reglamentación.

Que, por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1665 del 13 de diciembre de 2022, se modificó el artículo 11 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010, estableciendo que el tipo de cobertura frente a riesgos vinculados a la actividad de entrenamiento a brindar por las entidades ejecutoras a las y los participantes será determinado a través de la reglamentación.

Que, en ese marco, resulta pertinente prever que la cobertura a brindar a las y los participantes de los proyectos deberá ser la cobertura correspondiente a los riesgos del trabajo prevista en el artículo 2°, inciso 2, subinciso c), de la Ley N° 24.557, cuando se trate de proyectos encuadrables en la Línea de Entrenamiento en el Sector Privado, y la cobertura de un Seguro de Accidentes Personales prevista por la Ley N° 17.418 en su Capítulo III, Sección II, cuando se trate de proyectos encuadrables en las Líneas de Entrenamiento en el Sector Público y de Entrenamiento en Instituciones sin fines de lucro.

Que, a tales efectos, deviene necesario modificar el Reglamento de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905/2010 y sus modificatorias.

Que, por otra parte, en virtud de la incompatibilidad establecida por el artículo 7°, inciso b, del Decreto N° 734 del 8 de septiembre de 2020, resulta necesario readecuar las reglas de participación en las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO de personas provenientes del “PROGRAMA DE APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE RIESGO POR VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO” (ACOMPAÑAR), implementado por el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y modificatorios, por los artículos 11 y 21 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 708/2010 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el Artículo 2° del Reglamento de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 905/2010 y modificatorias, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°. - Condiciones constitutivas. La participación de trabajadoras/es desocupadas/os en ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO se instrumentará a través de proyectos que reúnan las siguientes condiciones:

1. ser formulados y aprobados mediante los instrumentos y procedimientos previstos por el presente Reglamento;

2. ser ejecutados por una entidad pública o privada registrada en el PORTAL EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y/o en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE);

3. comprender actividades de capacitación teórica y de práctica en el puesto de trabajo;

4. contar con la asistencia de una tutoría que acompañe a...

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