Resolución 344.

Fecha de disposición06 Abril 2016
Fecha de publicación06 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 344/2016

Bs. As., 28/03/2016

VISTO el Decreto N° 1.286 de fecha 9 de septiembre de 2010, las Resoluciones Ministeriales N° 508/11 y N° 406/12 y el Expediente N° 1- 2002- 26386- 15- 4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, cuyas misiones comprenden entre otras, apoyar la educación y la capacitación en ciencias básicas y disciplinas clínicas para la participación en programas básicos y de investigación clínica y programas relacionados con el cáncer.

Que mediante las Resoluciones Ministeriales N° 508 de fecha 3 de mayo de 2011 y N° 406 de fecha 28 de marzo de 2012, se han creado, respectivamente, el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER y el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE CORTA DURACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, con el objeto de intervenir en el proceso de formación de recursos humanos en las distintas áreas de la oncología para poder contribuir a la disminución de la mortalidad por cáncer en la Argentina.

Que dichos programas tienen como objetivo fundamental impulsar instrumentos de fortalecimiento de las políticas de capacitación de calidad de los recursos humanos en oncología para mejorar la calidad asistencial, facilitando su planificación, desarrollo y evaluación, en instituciones públicas, privadas y/o de la sociedad civil con las que se firmarán convenios de colaboración.

Que atento la experiencia obtenida a lo largo de las convocatorias realizadas previamente, resulta beneficioso unificar ambos programas en el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, el que abarcará tanto a las distintas especialidades de capacitación, como a los diferentes plazos de duración de las becas, que se determinarán cada año teniendo en cuenta las necesidades y avances, tanto científicos como tecnológicos, que demandaren las capacitaciones según el área oncológica.

Que, asimismo, resulta de vital importancia que cada año se determinen las sedes y la cantidad de becas a otorgarse siempre respetando las partidas presupuestarias otorgadas para cada ejercicio a tal fin.

Que en el ANEXO I se acompaña la nómina de especialidades en las que se otorgarán las becas.

Que, a los fines precedentemente expuestos, se realiza una nueva convocatoria de becas de capacitación de recursos humanos en oncología en el marco del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER.

Que las postulaciones a las becas serán valoradas por una Comisión Evaluadora, designada "ad hoc" por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito asistencial hospitalario, quienes asignarán las mismas teniendo en cuenta las necesidades por área o especialidad de cada región.

Que las designaciones a las becas serán realizadas por el Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que en el ANEXO I punto 4, se especifica que se entregarán SETENTA (70) becas de UNO (1) hasta DOCE (12) meses de duración, siendo QUINCE (15) de ellas de DOCE (12) meses de duración, DOCE (12) de CINCO (5) meses de duración, TREINTA Y NUEVE (39) de CUATRO (4) meses de duración y CUATRO (4) de UNO (1) mes de duración.

Que el estipendio mensual de la beca será en todos los casos de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($17.500.-).

Que la cantidad de becas podrá variar, siempre dentro del límite de ejecución presupuestaria previsto, teniendo en cuenta las postulaciones recibidas, siendo que las becas podrán ser de UNO (1), CUATRO (4), CINCO (5) o DOCE (12) meses de duración.

Que los recursos financieros se otorgarán de acuerdo a la suscripción de los respectivos convenios marco entre las Instituciones receptoras de los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, como así también los convenios específicos entre los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ha afectado preventivamente la erogación pertinente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se dicta la presente medida en ejercicio de las facultades conferidas por la "Ley de Ministerios (T.O. 1992) modificada por su similar N° 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Unifíquese en la órbita del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER al PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE CORTA DURACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

ARTÍCULO 2°

Instruméntense dentro del marco regulatorio del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER, creado por RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 508/11, las becas de capacitación de recursos humanos en cáncer correspondientes al año 2016.

ARTÍCULO 3°

Las cantidad de becas de capacitación a otorgarse en el año 2016 será de SETENTA (70), cuyo plazo de duración podrá variar de UNO (1) a DOCE (12) meses según la especialidad de que se trate, conforme se detalla en el ANEXO I, previéndose para la presente convocatoria: QUINCE (15) becas de DOCE (12) meses de duración, DOCE (12) becas de CINCO (5) meses de duración, TREINTA Y NUEVE (39) becas de CUATRO (4) meses de duración y CUATRO (4) becas de UNO (1) mes de duración. Dicha distribución podrá variar, siempre dentro del límite de ejecución presupuestario previsto de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($ 7.280.000.-), teniendo en cuenta las postulaciones recibidas, quedando facultado a tal fin el Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a realizar la redistribución mediante acto expreso y fundado.

ARTÍCULO 4°

Facúltase al Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a realizar las asignaciones de las becas de capacitación, teniendo en especial consideración el orden de mérito propuesto por la Comisión Evaluadora.

ARTÍCULO 5°

Las becas serán desarrolladas en instituciones específicas, que suscribieron Convenios de Cooperación con el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER o que lo firmarán luego de dictada la presente resolución.

ARTÍCULO 6°

Apruébanse las bases y condiciones de la Convocatoria del "PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER - AÑO 2016" de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I, el que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 6°

Apruébanse las diversas líneas de capacitación que se encuentran detalladas en los ANEXOS II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV y XXVI, que forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 7°

El otorgamiento efectivo de cada beca estará sujeto a la suscripción de los respectivos convenios entre el becario y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

ARTÍCULO 8°

El estipendio mensual a percibir por cada becario será de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($ 17.500.-) y la duración de las becas será de UNO (1) a DOCE (12) MESES según las prescripciones pautadas en los ANEXOS II a XXVI, y el principio de ejecución y duración de cada una de ellas puede variar según el becario, lo que se detalla en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 9°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente, y queda sujeto a limitación en función de la capacidad financiera con que se cuente.

ARTÍCULO 10 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr

JORGE DANIEL LEMUS, Ministro de Salud.

ANEXO I

Bases convocatoria "Becas de Capacitación de recursos humanos en Cáncer" - Año 2016

El INC abre una convocatoria nacional para la adjudicación de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer a profesionales de la salud.

La finalidad del programa es intervenir en el proceso de formación de recursos humanos en las distintas áreas de la oncología, para poder dar respuesta a la necesidad de mejorar la calidad asistencial y contribuir, en última instancia, a la disminución de la mortalidad por cáncer en el país.

La metodología del programa es a través de la asignación de becas por un período que puede ir de UNO (1) hasta DOCE (12) meses, de acuerdo a la especialidad de la beca.

El INC prioriza en este año 2016 la capacitación de recursos humanos en las siguientes líneas:

- Enfermería oncológica (duración 12 meses),

- Enfermería oncopediátrica (duración 4 meses),

- Cuidados paliativos pediátricos para médicos y enfermeros (duración 4 meses),

- Cuidados paliativos de adultos para médicos y enfermeros (duración 5 meses),

- Soporte clínico pediátrico (duración 4 meses),

- Anatomía patológica (duración 4 meses),

- Técnicos en anatomía patológica mamaria (duración 1 mes),

- Cirugía mamaria (duración 4 meses),

- Mamografía para médicos y técnicos (duración 4 meses),

- Ecografía mamaria (duración 4 meses),

- Endoscopía digestiva (duración 4 meses),

- Cirugía de cáncer colorrectal (duración 4 meses),

- Cáncer digestivo (duración 4 meses),

- Diagnóstico por imágenes para cáncer de colon (duración 4 meses),

- Asesoramiento genético en cáncer (duración 4 meses),

- Citología cérvico-vaginal (duración 4 meses),

- Cirugía oncológica general (duración 12 meses),

- Cirugía urológica (duración 12 meses),

- Cirugía torácica (duración 12 meses)

- Citogenética (duración 12 meses),

- Oncopediatría (duración 12 meses),

- Biología molecular (duración 12 meses),

- Traumatología infantil (duración 12 meses).

1) CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD

Condiciones generales y documentación a presentar para todos los postulantes:

- No recibir otras becas o subsidios del Ministerio de Salud de la Nación al momento de presentar la solicitud de admisión.

- Ser argentino nativo o nacionalizado.

- Fotocopia de D.N.I. (1° y 2° hoja).

- Presentar N° CUIT/CUIL.

- Copia del título...

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