Resolución 3321/2015

Fecha de disposición13 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33132



ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3321/2015Bs. As., 13/5/2015

VISTO el Expediente ENARGAS N° 22348, la Ley N° 24.076, el Decreto N° 1738/92, las Reglas Básicas de la Licencia, el Reglamento del Servicio, las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 e I/910/09, y

CONSIDERANDO:

Que el expediente se inició con una presentación de fecha 27/09/2013 (Actuación ENARGAS N° 22.425/13), efectuada por la firma BUENOS AIRES GAS S.A. (en adelante BAGSA) por medio de la cual solicitó que se le autorizara el inicio de la “OBRA DE GASODUCTO A LA LOCALIDAD DE LAGUNA ALSINA, PARTIDO DE GUAMINÍ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, como así también solicitó el 12/03/2014, su operación y mantenimiento en carácter de Subdistribuidor (Actuación ENARGAS N° 5479/14). En las mencionadas presentaciones, BAGSA acompañó un anexo documental integrado por los requisitos exigidos por las Resoluciones ENARGAS N° I/910/09 y N° 35/93.

Que, informó que el emprendimiento tiene como objetivo transformar la actual red de propano que opera BAGSA en la localidad de Laguna Alsina por una alimentación de Gas Natural a través de un gasoducto.

Que BAGSA indicó que, esta obra hará viable la futura conexión de industrias favoreciendo la creación de nuevos puestos de trabajo y, por ende, consolidando el arraigo de los jóvenes en esta localidad.

Que asimismo señaló que a futuro se prevé la continuación de este gasoducto hasta la localidad de Guaminí, la cual también cuenta con un suministro de propano red.

Que el emprendimiento en cuestión prevé la construcción de un gasoducto de 102 mm de diámetro y de una longitud aproximada de 100 metros que se empalma en el paraje Casey al refuerzo existente de 70 bar y 36’’ paralelo al Neuba II.

Que a continuación se conecta a una Estación de Separación, Medición, Regulación y Odorización (ESMRO 70; 25 bar), con una capacidad de 2800 m3/h.

Que desde esa estación se construirá un gasoducto de diámetro 102 mm (4’’) de una longitud aproximada de 15.150 metros hasta la derivación a Laguna Alsina y a partir de allí un gasoducto de 73 mm (3’’) de diámetro de una longitud aproximada de 3400 metros y por último una estación reductora de presión (ERP) de una presión de entrada 25/15 a 1.5 bar de salida y un caudal de diseño de 1300 m3/h.

Que por otra parte, BAGSA señaló que de la información relevada de los inmuebles alcanzados sobre la red de distribución construida más las extensiones que se han realizado en los 4 años de habilitada la obra, como así también las futuras expansiones abarcarían un total de 992 unidades contributivas de las cuales 825 correspondían a viviendas y 167 a lotes baldíos.

Que, indicó que el número de usuarios que se estimaba alimentar con las redes de distribución serían 785 “residenciales” y 40 SG “P1 y P2” entre redes existentes y futuras expansiones.

Que en cuanto a los usuarios residenciales han estimado un consumo promedio de 2.300 m3/año.

Que por su parte, se ha considerado una media de consumo anual de 4.400 m3/año para los usuarios del tipo SG “P1 y P2”.

Que respecto a la incorporación de los usuarios, BAGSA señaló que actualmente la planta de almacenamiento y vaporización de propano se está ampliando con la incorporación de dos tanques adicionales, los cuales permitirán la conexión de 103 usuarios, llegando a 360 usuarios conectados para diciembre de 2014.

Que respecto a la incorporación de los usuarios, BAGSA estimó la incorporación del 53% de todos los tipos de usuarios (residenciales más SG “P1 y P2”), acumulándose porcentajes decrecientes hasta el año 13, en el que se prevé que estén conectados el 100% de los usuarios potenciales.

Que asimismo BAGSA especificó que de acuerdo a lo informado por las autoridades municipales existen industrias agroalimentarias y un parque industrial con aproximadamente 15 predios, cuya adjudicación de lotes se encuentra avanzada. Aclaró que si bien en el diseño del gasoducto se ha contemplado un caudal para atender a este tipo de usuarios, no se cuenta con datos precisos en cuanto a la cantidad, tipo de establecimiento, actividad que realizan y consumos actuales y esperados.

Que BAGSA manifestó que el plazo de ejecución de las obras sería de 12 meses y que el inicio de las mismas operaría a los 90 días corridos contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de notificación de la correspondiente autorización emitida por el ENARGAS.

Que de los indicadores del presupuesto y de los de la inversión total requerida presentada, surge que el monto total de la obra, alcanza la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 22.764.547) incluyendo el I.V.A.

Que BAGSA expresó que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, la Municipalidad de Guaminí y BAGSA son las entidades patrocinantes del proyecto.

Que asimismo BAGSA informó que los usuarios beneficiados contemplados en la Localidad de Laguna Alsina, no afrontarán ningún costo por el repago de las obras a construirse.

Que al respecto acompañó la nota suscripta por el Sr. Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires solicitando la exención de publicación y apertura del registro de oposición, dado el carácter de no reembolsable de los fondos a invertir en el proyecto y que no se prevé el recupero de los mismos a los futuros usuarios.

Que expresó que en lo que respecta al cumplimiento del Anexo VI de la Resolución N° I/910/09, no procedería a otorgar metros cúbicos en concepto de contraprestación ya que la obra será totalmente realizada con aportes no reembolsables y no prevé el recupero de la inversión efectuada a usuarios beneficiados.

Que con fecha 12/03/14 y mediante Actuación ENARGAS N° 5479/14, BAGSA anexó al expediente de marras la presentación de la documentación que exige la Resolución ENARGAS N° 35/93 en el marco del proyecto de Gasoducto a la Localidad de Laguna Alsina del Partido de Guaminí, solicitando el carácter de Subdistribuidor para el mencionado emprendimiento.

Que BAGSA reiteró que la totalidad de la inversión para la transformación de la red de propano de la referencia a gasoducto (gas natural) es aportada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en carácter de Aportes No Reintegrables.

Que asimismo acompañó copias de los Balances Certificados correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012, copias de los tres últimos comprobantes de pago de Ingresos Brutos, IVA, aportes previsionales e Impuesto a las Ganancias.

Que agregó que la totalidad de las obras a construirse quedarán en propiedad de BAGSA, de acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Que obra en el expediente de marras una nota de la Municipalidad de Guaminí de fecha 22/07/13 donde le comunica a BAGSA que dicha dependencia se compromete a permitir a la citada firma el derecho de ocupación y uso gratuito de todas las calles, avenidas, plazas, puentes, caminos y demás lugares de dominio público que fueren necesarios para la ejecución de la presente obra.

Que mediante Actuación ENARGAS N° 9452/14 de fecha 29/04/2014, BAGSA remitió copia del plano aprobado por la Transportadora de Gas del Sur (en adelante, TGS) de la Estación de Separación y Medición.

Que por Actuación ENARGAS N° 12.946/14, BAGSA acompañó una corrección respecto de la información oportunamente presentada relacionada con el Listado de Equipos y Herramental. También puntualizó que se comprometía a suscribir un contrato con la empresa HASA Hidrocarburos Argentinos S.A. para atender las emergencias que pudieran presentarse sobre el gasoducto previa a la habilitación de tal conducto de alta presión (Actuación ENARGAS N° 13.266/14).

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