Resolución 287/2019

Fecha de publicación20 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
undefinedCiudad de Buenos Aires, 17/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-34408555- -APN-GGNC#ENARGAS del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N° 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738/92, y las Resoluciones ENARGAS N° 139/95, Nº 2603/02, Nº 3196/05, Nº I-3844/16, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 52 inc. b) de la Ley 24.076 le asigna al ENARGAS, entre sus funciones y facultades, la de “dictar reglamentos a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de esta Ley en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, (…), en materia de seguridad, calidad y odorización su competencia abarca también al gas natural comprimido”.

Que en cumplimiento a lo expuesto en el considerando anterior el ENARGAS reglamentó la actividad de GNC, a través de diversas normas, entre ellas, las Resoluciones ENARGAS N° 139/95, Nº 2603/02, Nº 3196/05 y Nº I-3844/16.

Que mediante los Informes Nº IF-2018-58100218-APN-GGNC#ENARGAS; IF-2018-66045500-APN-GGNC#ENARGAS y los Dictámenes IF-2019-02847973-APN-GAL#ENARGAS, e IF-2019-09022223-APN-GAL#ENARGAS, y su Anexo I detallado como IF-2019-10694177-APN-GAL#ENARGAS respectivamente, se propuso permitir el acceso al SICGNC por parte de los TdM a fin de consultar las operaciones de GNC registradas como de su autoría; y aprobar según el último Dictamen Legal y su Anexo I citado el “Manual de Usuario para Taller de Montaje de GNC”.

Que asimismo se sugirió que se instruya a los Organismos de Certificación (OC) para que informen a los TdM por ellos certificados, las claves de acceso y hagan entrega del “Manual de Usuario para Taller de Montaje de GNC”.

Que conforme surge del mencionado Informe GGNC N° IF-2018-58100218-APN-GGNC#ENARGAS del 12/11/18, los Talleres de Montaje de GNC (en adelante TdM) se encuentran habilitados para consultar en el Sistema Informático Centralizado de GNC (en adelante SICGNC), únicamente las dos últimas operaciones informadas sobre un dominio determinado, impidiéndoseles acceder al detalle de las operaciones realizadas por los mismos.

Que atento a las tareas de control llevadas a cabo por este Organismo, se detectaron gran cantidad de casos en los que los TdM desconocen operaciones de GNC informadas con carácter de declaración jurada al SICGNC por los Productores de Equipos Completos (PEC), como realizadas en los mismos, desconociéndose consecuentemente el origen de las citadas operaciones, con la posible participación de talleres no habilitados.

Que corresponde analizar la posibilidad de...

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