Resolución 1750/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2011

Viernes 11 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.108 32 % 32 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1750/2010

Tope N'º' 596/2010

Bs. As., 11/11/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.367.064/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1132 del 10 de agosto de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 45 del Expediente N'º' 1.367.064/10 obra la escala salarial pactada entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES y el PATRONATO DE LA INFANCIA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 1144/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.

N'º' 1132/10 y registrado bajo el N'º' 1154/10, conforme surge de fojas 70/73 y 76, respectivamente.

Que a fojas 49 del Expediente N'º' 1.367.064/10 obra la escala salarial pactada entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES y la SOCIEDAD DAMAS DE LA MISERICORDIA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 1144/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.

N'º' 1132/10 y registrado bajo el N'º' 1155/10, conforme surge de fojas 70/73 y 76, respectivamente.

Que es dable destacar que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 1144/10 “E” entró en vigencia a partir del 1'º de abril de 2010, renovando al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 551/08.

Que el nuevo convenio colectivo no establece una nueva escala salarial desde su vigencia, por lo tanto, dado que los Acuerdos N'º' 1154/10 y N'º' 1155/10 establecen modificaciones salariales desde el 1'º de febrero de 2011, se deduce que los mismos se encuentran enmarcados en el C.C.T. N'º' 1144/10 “E”.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los...

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