Resolución 245/2020

Fecha de publicación04 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS


Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-41354198- -APN-GD#ENARGAS; la Ley Nº 24.076; los Decretos Nº 1738/92 y Nº 2255/92, y las Resoluciones ENARGAS Nº 35/93, 127/95 y Nº 3064/04; y,

CONSIDERANDO:

Que, el 24 de febrero de 1995 el ENARGAS dictó la Resolución ENARGAS Nº 127/95 por la que resolvió autorizar a COOPERATIVA LIMITADA DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA DE CARNERILLO (en adelante e indistintamente “COOPELCAR” o la “SDB”) a operar en carácter de Subdistribuidor en la localidad de CARNERILLO, provincia de Córdoba.

Que, teniendo en consideración los antecedentes obrantes en el Expediente Nº EX-2020-41354198- -APN-GD#ENARGAS, mediante Nota Nº NO-2019-54293345-APN-GD#ENARGAS del 12 de junio de 2019 se solicitó a la SDB que presentara, de manera actualizada, la información requerida en el Anexo I de la Resolución ENARGAS Nº 3064/04, inherente al compendio de instrucciones allí establecido, como así también aquella vinculada a los Puntos 5 y 6 del Anexo I de la Resolución ENARGAS Nº 35/93.

Que, en esa oportunidad, y con el fin de profundizar algunos puntos, como complemento de la documentación citada en el considerando precedente, se requirió a la SDB que remitiera la información vinculada con una serie de ítems allí detallados, a la vez que se le solicitó informar el cronograma de avance y estado general del proceso de reconversión de las instalaciones de la localidad a gas natural, señalando fechas estimadas de finalización.

Que mediante actuación Nº IF-2019-64358231-APN-SD#ENARGAS del 16 de julio de 2019, COOPELCAR acompañó documentación relacionada con el requerimiento efectuado por el ENARGAS.

Que, analizada dicha documentación, por Nota Nº NO-2019-69112127-APN-GD#ENARGAS del 01 de agosto de 2019, se efectuó a COOPELCAR una serie de observaciones que debía subsanar a los fines de proseguir con el análisis de la solicitud de renovación del carácter de Subdistribuidor de la localidad citada.

Que, como consecuencia de ello, mediante las actuaciones Nº IF-2019-80942539-APN-SD#ENARGAS, IF-2019-80940005-APN-SD#ENARGAS, IF-2019-80943500-APN-SD#ENARGAS, IF-2019-80938781-APN-SD#ENARGAS, Nº IF-2019-80925184-APN-SD#ENARGAS, IF-2019-80927377-APN-SD#ENARGAS, Nº IF-2019-80941616-APN-SD#ENARGAS e IF-2019-80956298-APN-SD#ENARGAS, todas del 6 de septiembre de 2019, COOPELCAR acompañó la documentación requerida.

Que, posteriormente, mediante actuación registrada bajo el IF-2020-06163261-APN-SD#ENARGAS del 28 de enero de 2020, la SDB comunicó que estaba trabajando conjuntamente con Distribuidora de Gas del Centro S.A. (en adelante “CENTRO”) en los modelos de simulación que respaldan la...

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