Resolución 242/2021

Fecha de publicación03 Agosto 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE


Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2021

VISTO el EX-2020-81293331--APN-DRI#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N.° 438 del 20 de marzo de 1992) modificatorias y complementarias, la Ley Nº 27.431 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la Ley General de Ambiente N° 25.675, la Ley N° 25.916 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de Residuos Domiciliarios, la Ley N° 24.051 sobre Gestión de Residuos Peligrosos, el Decreto Nº 895 del 9 de octubre de 2018, la Resolución MAyDS N° 522 del 5 de diciembre de 2016, la Resolución de la Agencia de Administración de Bienes del Estado Nº 153 del 25 de abril de 2019 y su modificatoria Nº 106 del 13 de octubre de 2020, la Circular DNSRYI N° 1/2021 del 27 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución MAyDS N° 522, en su artículo 5°, estableció la jerarquía como orden de prioridad en materia de gestión de Residuos Especiales de Generación Universal, la cual consiste en: a) Prevención/Minimización; b) Reutilización/Reúso; c) Recuperación de Materiales/Reciclado; d) Recuperación de energía; e) Tratamiento y, como última ratio, f) Disposición Final.

Que mediante la Circular DNSRYI N° 1/2021, la Agencia de Administración de Bienes del Estado llevó a conocimiento de las jurisdicciones y organismos bajo su competencia, que los procedimientos de disposición final de bienes muebles declarados en rezago establecidos por los artículos 19 y 43 del REGLAMENTO DE BIENES MUEBLES Y SEMOVIENTES DEL ESTADO deben considerar en forma previa y unívoca el criterio de “Jerarquía de Opciones” establecido por el artículo 5 de la Resolución MAyDS 522/2016, adoptando las medidas necesarias para su correcto cumplimiento.

Que mediante el expediente citado en el Visto tramitó la declaración en condición de rezago y la baja patrimonial de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) inventariados bajo IF-2021-44204995-APN-SCYMA#MAD.

Que dichos bienes fueron declarados en condición de rezago a través del ACTA-2020-85812424-APN-DGAYF#MAD.

Que, con fecha 27 de mayo de 2021, y mediante DI-2021-18-APN-SSGA#MAD, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, en cumplimiento con el Reglamento de Bienes Muebles y Semovientes del Estado, ratificó el acta citada en el considerando que precede, y encomendó a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS la realización de los...

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