Resolución 24/2020

Fecha de publicación28 Mayo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2020

VISTO el EX-2020-17252555-APN-SSGA#MMGYD, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus normas modificatorias y complementarias, las Leyes N° 26.485 y sus normas modificatorias, N° 26.743, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 del 11 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 1011 del 19 de julio de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N 7/2019, modificatorio de la Ley de Ministerios, aprobó la creación y competencias del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD como respuesta al compromiso asumido para garantizar los derechos de las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, y en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género, siendo estos objetivos prioritarios de gobierno.

Que compete al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD entender en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas nacionales en materia de género, igualdad y diversidad, asistiendo al Presidente de la Nación y a la Jefatura de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a las cuestiones de su competencia.

Que, asimismo, este Ministerio tiene a su cargo entre sus funciones, articular acciones con actores del sector público, privado y organizaciones de la sociedad civil en materia de políticas de género, igualdad y diversidad; entender en el diseño e implementación de las políticas de formación y capacitación en materia de género, igualdad y diversidad para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, en los casos que corresponda y para organizaciones de la sociedad civil; y diseñar e implementar investigaciones y estudios de género, igualdad y diversidad para el desarrollo de las políticas públicas nacionales.

Que corresponde al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de políticas de género, igualdad y diversidad, procurando la identificación de necesidades de adecuación y actualización normativa y asegurando un enfoque transversal de las políticas por medio de la coordinación interministerial y la articulación con actores de la sociedad civil, las organizaciones sociales y los ámbitos académicos de todo el territorio nacional. Que cabe tener presente que atento a la creación de este Ministerio y a las competencias asignadas por el artículo 23 ter de la Ley de Ministerios, a través del mentado Decreto N° 7/2019 se suprimió el organismo denominado INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJERES (INAM), el cual, conforme lo establecía el artículo 14 del Decreto N° 698/17, que era continuador del entonces CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES.

Que, en tal entendimiento, el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD es organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la Ley N° 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones...

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