Resolución 2282/2022

Fecha de publicación04 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-86169283-APN-DNCSSYRS#MS, la Ley N° 17.132 y modificatorias, el Decreto N° 10 del 3 de enero de 2003, la Ley N° 23.277, la Ley N° 27.553, el Decreto N° 905 del 11 de diciembre de 1995, y la Resolución MS N° 2340 del 3 de diciembre de 2005, la Resolución MS N° 1549 del 11 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el sistema de salud de Argentina es concebido como parte esencial de una sociedad compleja, dinámica y profundamente interrelacionada, donde la correspondencia recíproca, transparente y madura entre la atención sanitaria, los y las profesionales y la ciudadanía hacen posible una perspectiva potencial para cuidados de salud calificados, responsables, oportunos, justos, éticos y en permanente evaluación y mejora.

Que el escenario presente requiere transitar el camino hacia la excelencia a través de un proceso complejo de profunda trasformación, con rectoría y gobernanza del Ministerio de Salud, con autonomía y competencia del talento humano en salud, prestos a centrar la atención en las personas, familias y comunidades, donde se pueda escuchar la voz de todos, con pluralidad de visiones, ejerciéndola con responsabilidad en sostener la calidad y seguridad de la atención.

Que la Ley N° 23.277 regula el ejercicio profesional de la Psicología y determina que el control del ejercicio de la profesión y el gobierno de la matrícula respectiva será realizado en el ámbito de este ministerio.

Que en igual sentido el Decreto N° 905/1995 faculta a este ministerio, por intermedio de la ex Secretaría de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria, a dictar las normas complementarias, aclaratorias o interpretativas que requiera la aplicación de dicho decreto reglamentario, aplicables al ámbito de la Administración pública nacional.

Que en este sentido, por Resolución MS N° 2340/2015, se aprobó la especialidad Psicología Clínica como especialidad de la profesión de psicología, sin perjuicio de la determinación de nuevas especialidades a través del mecanismo instituido por la Resolución Ministerial N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006.

Que en dicha norma se expresó en su artículo 2° que las modalidades de certificación de los psicólogos especialistas en Psicología Clínica serán análogas a las aceptadas para la certificación de especialistas médicos y especialistas odontólogos establecidas en el Decreto N° 10 de fecha 3 de enero de 2003.

Que, sin perjuicio de lo expresado en la Resolución MS N° 2340/2015, surge la necesidad de redefinir lo reglamentado de una manera que garantice la operatividad de la norma y permita la efectiva concreción de la certificación como especialista de los y las profesionales de la psicología, tanto para la especialidad de psicología clínica como para las demás especialidades de la profesión, en el ámbito de gobierno de la matrícula de este ministerio.

Que se acordaron, en una Mesa de Trabajo con entidades vinculadas a la profesión, las modalidades de...

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