Resolución 220/2022

Fecha de publicación16 Diciembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-135166482- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, los Decretos Nros. 1.177 de fecha 10 de julio de 1992 y sus modificatorios, 444 de fecha 22 de junio de 2017 y 787 de fecha 27 de noviembre de 2022, las Resoluciones Nros RESOL-2019-128-APN-MAGYP de fecha 14 de noviembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2022-174-APN-SAGYP#MEC de fecha 5 de diciembre de 2022 de la mencionada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022 reestableció de manera extraordinaria y transitoria el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR creado por el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los DIECIOCHO (18) meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto, las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) figuran en el Anexo I del referido Decreto N° 576/22.

Que por la Resolución N° RESOL-2022-174-APN-SAGYP#MEC de fecha 5 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMIA, se estableció que los exportadores que hayan adherido al PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR creado mediante el Decreto N° 576 de fecha 4 de septiembre de 2022 y restablecido mediante el Decreto N° 787 de fecha 27 de noviembre de 2022, y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de los productos alcanzados por el citado decreto, vigentes dentro del régimen creado por la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, y con vencimiento del periodo de embarque declarado, más la prórroga automática, durante los meses de diciembre de 2022 y enero de 2023, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de NOVENTA (90) días corridos.

Que en el Anexo a la citada Resolución N° RESOL-2022-174-APN-SAGYP#MEC se establece que el plazo de presentación de la Declaración Jurada por los sujetos adheridos al Programa ante la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA será antes del 21 de diciembre de 2022.

Que resulta necesario adaptar dicha presentación a las circunstancias reales que lo motivan, por lo que se considera conveniente prorrogar el plazo de presentación al 20 de enero de 2023.

Que, en el marco de las atribuciones...

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