Resolución 30/2003

Fecha de disposición27 Junio 2003
Fecha de publicación27 Junio 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30180

Ministerio de Trabajo, Empleo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 30/2003

Establécese un plazo para que las provincias puedan presentar los listados de postulantes a beneficiarios del Plan Mayores - Primera Etapa que fuera creado por Resolución N° 155/2003.

Bs. As., 17/6/2003

VISTO la Ley N° 24.241, los Decretos Nros. 565 de fecha 3 de abril de 2002 y 39 de fecha 7 de enero de 2003, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.) N° 375 y de la DIRECCION EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL N° 358 de fecha 10 de mayo de 2002, el Convenio M.T.E. y S.S. N° 27 de fecha 28 de febrero de 2002, las Resoluciones M.T.E. y S.S. N° 312 de fecha 16 de abril de 2002, sus modificatorias y complementarias y N° 155 de fecha 21 de marzo 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que el mencionado PROGRAMA JEFES DE HOGAR fue prorrogado por el Decreto N° 39/ 03 hasta el 31 de diciembre de 2003.

Que consecuencia de la crisis de empleabilidad y de la recesión económica que atravesara el país durante los últimos períodos históricos, se ha agravado la situación de la población de mayor edad, al no haber podido realizar los aportes previsionales correspondientes y al no haberse previsto alternativas de contención para sus necesidades elementales.

Que esta contención integra las prestaciones que apuntan a la efectiva realización del Derecho Familiar de Inclusión Social, y en consecuencia se crea el PLAN MAYORES en el marco del PROGRAMA JEFES DE HOGAR mediante la Resolución M.T.E. y S.S. N° 155/03.

Que si bien el Artículo 8° de la Resolución M.T.E. y S.S. N° 155/03, que creara el PLAN MAYORES en su Primera Etapa, indica que las inscripciones de beneficiarios sólo tendrán lugar una vez remitidas por los gobiernos provinciales adheridos, las bases de datos correspondientes a sus trabajadores activos y a los beneficiarios de los regímenes de previsión o seguridad social provincial, el escaso tiempo disponible a los efectos de adecuar las mismas a los parámetros establecidos por la ANSeS para su recepción, y el carácter alimentario de las ayudas económicas no remunerativas comprometidas en la ejecución de dicho PLAN MAYORES, hacen viable la habilitación de un plazo razonable para su efectivo cumplimiento.

Que durante el transcurso de dicho plazo, asimismo, no...

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