Resolución 2/2003

Fecha de disposición13 Junio 2003
Fecha de publicación13 Junio 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30171

Secretaría de Empleo Secretaría de Empleo

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 2/2003

Fíjase un plazo para que determinados Municipios y/o Comunas procedan a la correción de errores en la correspondencia entre carga familiar y beneficiarios del mencionado Programa.

Bs. As., 11/6/2003

VISTO los Decretos Nros. 565 de fecha 3 de abril de 2002 y 39 de fecha 7 de enero de 2003, las Resoluciones MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.) Nº 312 de fecha 16 de abril de 2002 y sus modificatorias y el Expediente del Registro del M.T.E. y S.S. Nº 1 2015 1073259/03, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 565/02 creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR en el marco de la Emergencia Nacional Ocupacional.

Que el Decreto N° 39/02 prorrogó la vigencia del PROGRAMA JEFES DE HOGAR hasta el día 31 de diciembre de 2003.

Que la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312/02 reglamentó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR, estableciendo los requisitos que deberán cumplimentarse para acceder al beneficio.

Que recibidas las solicitudes de incorporación al PROGRAMA JEFES DE HOGAR por parte de los municipios y/o comunas intervinientes y en oportunidad de realizarse la liquidación mensual de las ayudas económicas no remunerativas, se efectúan los controles informáticos pertinentes en las distintas oficinas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de la ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL.

Que como consecuencia de dichos controles informáticos se ha detectado la existencia de casos en los que se encuentran inscriptos más de un beneficiario con la misma carga familiar.

Que no siendo posible determinar desde este nivel central la correspondencia entre carga familiar y beneficiario, y dado el carácter alimentario que revisten las ayudas económicas no remunerativas otorgadas en el marco del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, deviene necesario instar a los Municipios y/o Comunas intervinientes a que procedan a la corrección de dichos errores, en forma previa a disponer la baja como beneficiarios de las personas comprendidas por tales anomalías.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312/02.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1°

Fijar un plazo de DIEZ (10) días corridos para que los MUNICIPIOS y/o COMUNAS detallados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Resolución, identifiquen la correspondencia de la carga familiar con...

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