Resolución 270/2002

Fecha de disposición09 Diciembre 2002
Fecha de publicación09 Diciembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30043

Secretaría de Comunicaciones Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 270/2002

Establécese para el presente año, un único período de subasta pública de frecuencias, en forma excepcional.

Bs. As., 5/12/2002

Visto el expediente N° 6126/2002 del registro de la Comisión Nacional de Comunicaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 764 del 3 de septiembre de 2000 se aprobó el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico.

Que en la parte pertinente dicho Reglamento estableció, como una condición para la asignación de frecuencias y autorización de instalación y puesta en funcionamiento de estaciones radioeléctricas, que la demanda de espectro será satisfecha por medio de concursos, o a demanda, aplicando criterios de distribución equitativos y preservando el interés general.

Que en otro orden de cosas el aludido Reglamento estableció, entre los criterios para la realización de los concursos, que en los casos que correspondan la Autoridad de Aplicación efectúe. semestralmente los referidos concursos, pudiendo asimismo determinar un valor económico de referencia para las bandas de frecuencias a concursar o subastar.

Que adicionalmente fijó que la autorización de uso de bandas de frecuencias se realice mediante concursos o subastas públicas, cuando hubiere más interesados que bandas de frecuencias disponibles para su autorización, o se previera escasez de frecuencias.

Que observando los criterios expuestos y otros principios rectores, con fecha 23 de julio de 2001 la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, dictó la Resolución N° 235 estableciendo el procedimiento de subasta pública para las asignaciones de frecuencias necesarias para posibilitar el desarrollo de diversas actividades de radiocomunicación, en determinadas regiones del espectro y zonas geográficas.

Que conforme lo establece el artículo 5° de la mencionada Resolución S.C. N° 235/2001 se reconoció como zona de espectro radioeléctrico escaso, al área comprendida por un círculo de CIEN (100) kilómetros de radio con centro en las coordenadas geográficas de 34° 38' 00" LS y 58° 28' 00" LO pertenecientes a la Ciudad de Buenos Aires; ello para la banda comprendida entre 30 y 960 MHz y actividades de los servicios fijo y móvil terrestre que demanden frecuencias exclusivas.

Que en concordancia con la posibilidad contemplada, y ya expuesta, por el Decreto N° 764/ 2000 de realizar concursos o...

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