Resolución 223/1998

Fecha de disposición09 Diciembre 1998
Fecha de publicación09 Diciembre 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29039

Resolución 223/98 del 30/10/98 Resolución 223/98

Bs. As., 30/10/98

B.O: 09/12/98

VISTO las Leyes 23.660 y 23.661, el Decreto Nº 504/98, la Resolución Nº 170/98 - SSSalud y el Expediente Nº 67.350/98 ANSAL, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 113 se presenta la empresa INTI S.A.I.C. solicitando a esta Administración que se aclaren los alcances de la Res. Nº 170/98 - SSSalud, en cuanto al personal alcanzado y a partir de cuando resulta, aplicable el citado acto administrativo.

Que resulta necesario que este Organismo se expida mediante el pertinente acto administrativo, a los efectos de aclarar los alcances de la citada Resolución en la cual se plasman los derechos y deberes de las partes involucradas, en mérito a la seguridad jurídica que debe primar en las relaciones que se encuentran bajo la competencia de esta Administración.

Por ello y, conforme a las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 177/97,

EL SUPERINTENDENTE DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º

Con relación a la Resolución N° 170/98 - SSSalud, aclárase que los aportes y contribuciones del personal de la Empresa INTI S.A.I.C., que desarrollan tareas en sus establecimientos de la Provincia de Santa Fe, devengados durante el mes de la publicación de la Res. Nº 170/98 - SSSalud y a partir de dicha fecha, deben ser depositados a la orden y con destino a la OBRA SOCIAL DEL SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE quien desde igual período tendrá la obligación de brindar a dichos trabajadores y sus grupos familiares primarios, las prestaciones médico asistenciales pertinentes; ello...

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