Resolución 811/1998

Fecha de disposición05 Mayo 1998
Fecha de publicación05 Mayo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28890

Resolución 811/98 del 28/04/98 Ministerio de Cultura y Educación

CONVALIDACION DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTERIOR

Resolución 811/98

Normas para la convalidación de estudios realizados en el exterior, a fin de proveer a las instituciones habilitantes para el ejercicio profesional posterior la máxima certeza respecto de la formación académica recibida por el interesado.

Bs. As., 28/4/98

VISTO el expediente Nº 1852/98, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y la Ley Federal de Educación Nº 24.195, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde establecer un procedimiento para la convalidación de estudios realizados en el exterior, a fin de proveer a las instituciones habilitantes para el ejercicio profesional posterior la máxima certeza respecto de la formación académica, recibida por el interesado.

Que se requiere de quienes acrediten la obtención de un título o certificado por estudios realizados en el exterior, la provisión de la documentación que permita establecer la identidad y evaluar la formación recibida, a fin de garantizar que se adecua a la impartida en el país.

Que en el marco de las atribuciones que la Ley Federal de Educación le otorga al MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION se debe generar la información pública respecto al universo de las convalidaciones de títulos otorgadas hasta el presente.

Que será necesario contar con la colaboración de entidades gubernamentales y no gubernamentales de reconocido prestigio, para que a través de dictámenes recomienden el temperamento a seguir con las solicitudes de convalidación de estudios, atento el interés público comprometido y los efectos que posteriormente conlleva el ejercicio de la actividad.

Que hay convenios de convalidación automática de estudios firmados con terceros países, que aún no se han reglamentado, por lo que en dicho caso corresponderá la tramitación que se aprueba en la presente medida.

Que se requiere sencillez y economía en el trámite para dictar normas interpretativas y operativas de la presente medida, así como mantener un adecuado nivel de decisión para la resolución de las solicitudes, para lo cual la SECRETARIA DE PROGRAMACION Y EVALUACION EDUCATIVA queda facultada para dictar los actos administrativos que correspondan.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la...

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