Resolución 285/1998

Fecha de disposición11 Marzo 1998
Fecha de publicación11 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28854

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Conjunta 133/98 y 285/98

Créase el Fondo Rotatorio - Servicio Administrativo Financiero 353 de la Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral.

Bs. As., 03/03/98.

  1. O.: 11/03/98.

VISTO, el expediente Nº 1-2015-00001014852/98 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto Nº 2380 de fecha 28 de diciembre de 1.994, el Decreto Nº 899 de fecha 11 de diciembre de 1.995, la Resolución Nº 48 de la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 5 de septiembre de 1.996, y la Decisión Administrativa Nº 6 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 6 de enero de 1.998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º del Decreto Nº 2380/94 fijó los montos de los FONDOS ROTATORIOS en un máximo equivalente al TRES POR CIENTO (3 %) de la sumatoria de los créditos originales para cada ejercicio, correspondientes a los conceptos autorizados en el artículo 7º de la misma norma legal, los que fueron ampliados por el artículo 1º del Decreto 899/95.

Que el artículo 4º de la Resolución 48/96 aclara que el porcentaje del TRES POR CIENTO (3 %) indicado en el artículo 5º del Decreto Nº 2380/94, se aplica sobre la sumatoria de los créditos presupuestarios pertinentes asignados a cada Servicio Administrativo Financiero, con independencia de su fuente de financiamiento, y que al momento de la creación del Fondo Rotatorio se determinará el monto que se utilizará para cada una de las fuentes.

Que de acuerdo a la Decisión Administrativa Nº 6/98 dentro de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL - SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 353-, le corresponde un crédito presupuestario de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 296.203.976), sobre el que se aplicará el porcentaje indicado precedentemente.

Que dada la circunstancia que en la JURISDICCION 75 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se encuentra incluido el SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 353 de la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABOR\L...

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