Resolución 759/2010

Fecha de disposición13 Agosto 2010
Fecha de publicación13 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31965

Viernes 13 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.965 13

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el ArtÃculo 1'º, el que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 304.323,23).

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido en el ArtÃculo 2'º de la presente medida será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0220959/2010

N'º EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U.

PerÃodo 2009 Establecimiento marzo abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Localidad Provincia 1 3748808687 MERINDOL WALTER ENRIQUE 20-21547573-6 020033040100003000458-3 19.526,83 20.488,12 31.211,13 52.216,25 40.759,23 34.579,10 31.315,70 33.711,86 28.713,30 11.801,71

HUINCA RENANCO CORDOBA TOTAL 304.323,23 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social SEGURIDAD SOCIAL Resolución 759/2010

Declárase a las actividades desarrolladas por los trabajadores de las Plantas Procesadoras de Aves incluidas en CCT N'º151/91, a los efectos de acceder a las prestaciones previsionales de los regÃmenes diferenciales de los Decretos Nros. 3555/72 y 8746/72.

Bs. As., 5/8/2010

VISTO, el Expediente N'º1-2015-1336967/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que las actuaciones se inician con la presentación que hace la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus derivados, solicitando se otorgue a los trabajadores de las Plantas Procesadoras de Aves —CCT N'º151/91— un régimen especial de jubilación en virtud de las prácticas penosas que existen en dicha actividad.

Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO tomó intervención en orden a su competencia, ya que de acuerdo a lo establecido en el artÃculo 35 de la Ley N'º24.557, absorbió las funciones y atribuciones de la ex Dirección Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo. Por otra parte, entre las funciones que le competen, detalladas en el artÃculo 36 del mencionado cuerpo normativo, se...

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