Resolución 188/2019

Fecha de publicación22 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorREGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18/07/2019

VISTO:

Expediente RENATRE N° 16793/19, Ley Nº 25.191 (B.O. 03.11.1999), Decreto Reglamentario PEN Nº 453/01 (B.O. 26.04.2001), Ley N° 26.727 (B.O. 28.12.2011) sus normas reglamentarias, Artículo 61° Ley N° 27.341 (21.12.2016), Ley N° 26.940, Decreto PEN N° 1714/2014, Acta de Directorio del Registro N° 1/16, de fecha 15 de Diciembre de 2016, Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº E 1109/2016, Resolución RENATRE N° 64/2018 (B.O. 19.02.2018), Resolución RENATRE N° 01/2019 (02.01.2019), Resolución RENATRE N° 81/2019 (B.O. 29.04.2019), Acta de Directorio Nº 58/19 de fecha 04.07.2019, Expte Nº 16793/19.

CONSIDERANDO:

Que el RENATRE fue creado por la Ley 25.191, disponiendo en su ARTICULO 7º- “…que tendrá el carácter de Ente Autárquico de Derecho Público no Estatal…”; “…En él deberán inscribirse obligatoriamente los empleadores y trabajadores comprendidos en el régimen de esta ley según lo determinado por el artículo 3º…” (Sic).

Que en fecha 21 de Diciembre de 2011 se sancionó la ley 26.727 (B.O. 28.12.2011) por la que, mediante el artículo 106° -Sustitución del Art.7° Ley 25.191- se modificó sustancialmente el texto de la ley 25.191 disponiéndose la creación del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), como entidad autárquica en jurisdicción del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la que absorvió las funciones y atribuciones que desempeñaba el ex Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).

Que en fecha 24 de Noviembre de 2015, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos N° 906/2012 (48-R)/CS1; RECURSO DE HECHO, caratulados, “Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores C/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/acción de amparo”, resolvió “...descalificar el fallo apelado con arreglo a la doctrina de la arbitrariedad de sentencias...” -Sic-.

Que esta decisión exigió que los tribunales inferiores, oportunamente competentes, se expidieran sobre la inconstitucionalidad de los artículos 106° y 107° de la Ley 26.727.

Que en fecha 22 de Febrero de 2016, por sentencia N° 100074 en autos N° 24971/2012, tramitados por ante la Sala IV, caratulados, “Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores c/ Poder Ejecutivo Nacional y Otro s/Acción de Amparo -Juzgado N° 09-”, la Cámara Nacional de Apelaciones resolvió “confirmar” la sentencia emitida por el Juez de Primera Instancia en fecha 05 de setiembre de 2012.

Que dicho magistrado expresamente declaró la “...inconstitucionalidad de los arts. 106° y 107° de la ley 26.727. En consecuencia disponer que el Estado Nacional -Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación-, a través del funcionario que corresponda, dentro del plazo de diez días corridos, tome los recaudos pertinentes para abstenerse de reglamentar y aplicar dicha normativa, y a todo evento, dejar sin efecto las que se hubieren tomado por aplicación de dichas normas, bajo apercibimiento de librar la comunicación dispuesta en el artículo 17 del Decreto N° 1285/58 y de las demás sanciones a que hubiera lugar...” -Sic-.

Que en fecha 30 de Noviembre de 2016, se sanciona la ley 27.341 (B.O. 21.12.2016) en cuyo artículo 61° se ratifica la derogación de los artículos 106° y 107° de la ley 26.727 y se dispone el restablecimiento y “...la vigencia de la ley 25.191 en su redacción original junto con la normativa reglamentaria... Lo establecido en el párrafo precedente tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 2017...” (Sic).

Que, una vez reestablecida parlamentariamente la vigencia de la Ley 25.191, mediante Resolución N° 1109 - E/2016 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -Art. 1°- se declaró constituido el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a partir del 1° de enero de 2017.

Que el ARTICULO 11° de la ley 25.191 expresamente dispone que “…El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores tendrá por objeto: a) Expedir la Libreta de Trabajo sin cargo alguno para el trabajador, procediendo a la distribución y contralor del instrumento y asegurando su autenticidad; b) Centralizar la información y coordinar las acciones necesarias para facilitar la contratación de los trabajadores agrarios; c) Conformar las estadísticas de trabajo agrario permanente y no permanente; d) Supervisar el Régimen de Bolsa de Trabajo Rural para personal transitorio y propender a su pleno funcionamiento; e) Proveer la coordinación y cooperación de la Nación con las provincias en la actividad laboral agraria; f) Brindar al trabajador rural la prestación social prevista en el Capítulo V de la presente ley; g) Dictar la reglamentación interna por la cual se integrará y regirán los distintos estamentos constitutivos del RENATRE; h) Controlar el cumplimiento por parte de los trabajadores y empleadores de las...

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