Resolución 162/2024

Fecha de publicación19 Abril 2024
EmisorMINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
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Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-36925763-APN-CGDS#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio N° 10 del 3 de enero de 2024, N° 1344 del 04 de octubre de 2007 y su modificatorio N° 88 del 26 de diciembre de 2023, y N° 45 del 14 de diciembre de 2023, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8 del 10 de diciembre de 2023, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020, las Resoluciones N° RESOL-2020-312-APN-SEDRONAR#JGM del 29 de octubre de 2020 y N° RESOL-2024-57-APN-SEDRONAR#MS del 26 de febrero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/23 se modificó en último término la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92).

Que atento las modificaciones introducidas en la Ley de Ministerios citada ut supra, se efectuaron las correspondientes adecuaciones en la conformación organizativa, transfiriendo mediante el artículo 2° del Decreto N° 45/23 a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA desde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 50/19 y su modificatorio, se aprobó, oportunamente, el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 10/24 se sustituyó, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-00494047-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

Que por la Decisión Administrativa N° 1865/20 se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que el artículo 28 del Decreto N° 45/23 establece que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

Que el artículo 29 del Decreto precitado establece que la transferencia de la presente medida...

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