Resolución 159/2022

Fecha de publicación21 Abril 2022
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2022

VISTO el Expediente Electrónico EX-2021-125772064-APN-SG#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Decreto N° 1178/02, las Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N° 24/99, N° 63/99, N° 75/99 y N° 32/02, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 8° de la Ley N° 24.804 establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) desarrollará las funciones de regulación y control con los fines de proteger a las personas contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, velar por la seguridad radiológica y nuclear en las actividades nucleares, asegurar que dichas actividades no sean desarrolladas con fines no autorizados por la referida Ley, las normas que en su consecuencia se dicten, los compromisos internacionales y las políticas de no proliferación nuclear, y prevenir la comisión de actos intencionales que puedan conducir a consecuencias radiológicas o al retiro no autorizado de materiales nucleares u otros materiales o equipos sujetos a regulación y control.

Que conforme a lo establecido en el Artículo 16, Inciso g) de la Ley N° 24.804, entre las facultades de la ARN se encuentra la de aplicar sanciones, las que deberán graduarse según la gravedad de la falta en apercibimiento, multa que deberá ser aplicada en forma proporcional a la severidad de la infracción y en función de la potencialidad del daño, suspensión de una licencia, permiso o autorización o su revocación y que dichas sanciones serán apelables al solo efecto devolutivo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Que el Artículo 16, Inciso g) de la Ley N° 24.804, reglamentado por el Decreto N° 1390/98 y el Decreto N° 1178/02, facultó a la ARN, a dictar los regímenes de sanciones por incumplimiento de las normas regulatorias referidas a las materias de su competencia, y a modificarlos toda vez que las circunstancias lo requieran.

Que de acuerdo a lo antedicho, la ARN aprobó los siguientes Regímenes de Sanciones; el Régimen de Centrales Nucleares a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 63/99, el Régimen por Incumplimiento de las Normas de Seguridad Radiológica y Nuclear, Protección Física, Salvaguardias y no Proliferación Nuclear en Instalaciones Relevantes, aprobado por Resolución del Directorio de la ARN N° 24/99, y el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas No Rutinarias y...

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