Resolución 15/2020

Fecha de publicación25 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA


Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2020

VISTO el Expediente N.º EX-2020-13212629- -APN-DNSAYFD#JGM del Registro de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Ley de Ministerios N.° 22.520 (B.O. 23-12-1981), texto ordenado por Decreto N.º 438/92 (B.O. 20-3- 92) y sus modificatorias, la Ley N.° 25.506 y su modificatoria Ley N.° 27.446, el Decreto Reglamentario N.º 182/19, y la Resolución de la (ex) Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros N.º 227/10, Resolución del (ex) Ministerio de Modernización N.° E 399/16, Resoluciones de la (ex) Secretaría de Modernización Administrativa N.° 37/16 y 2/19 y las Disposiciones de la (ex) Subsecretaria de Tecnologías de Gestión Nros. 11/14 y 6/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.º 25.506 y su modificatoria legisló sobre la firma electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.

Que el Decreto Reglamentario N.º 182/19, reglamentario de la ley antes citada, reguló el empleo de la firma electrónica y la firma digital y su eficacia jurídica, asignando competencias a la Autoridad de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.

Que el mencionado Decreto Reglamentario N.º 182/19 en el artículo 5.º de su Anexo estableció que la Autoridad Certificante Raíz constituye la única instalación de su tipo, reviste la mayor jerarquía de la infraestructura de firma digital de la República Argentina y emite el certificado digital de las autoridades certificantes de los certificadores licenciados, una vez aprobados los requisitos de licenciamiento.

Que la Resolución del (ex) Ministerio de Modernización N.° E 399/16 estableció los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten, en el ámbito de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.

Que la Resolución de la ex Secretaría de Modernización Administrativa N.° 37/16 aprobó documentos de la Autoridad Certificante Raíz en su versión 2.0 y procedió a la emisión de un nuevo certificado.

Que la citada Resolución en su artículo 6º suspendió a partir de su entrada en vigencia, la emisión y renovación de certificados con el certificado correspondiente a la Política de Certificación de la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina aprobada por la Resolución de la...

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