Resolución 145.

Fecha de disposición06 Diciembre 2017
Fecha de publicación06 Diciembre 2017
SecciónResoluciones

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 145/2017

Buenos Aires, 05/12/2017

VISTO el Expediente N° 31.957 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos N° 1023/2001 y N° 1030/2016; en la Disposición N° 62 E-2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DE LA NACIÓN; en el Decreto N° 202/2017, reglamentado por la Resolución N° 11-E/2017 de la SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN; en las Resoluciones ENARGAS N° I/2278, del 24 de agosto de 2012 y N° I/4074, del 19 de octubre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENARGAS N° I/4532, del 03 de julio de 2017, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS decidió: a) Aprobar la convocatoria al Concurso Público N° 02/2017, para la contratación de las tareas de diseño, fabricación y provisión de Obleas de Vigencia de Habilitación del equipo completo de Gas Natural Comprimido (GNC) para automotores, motocicletas y autoelevadores con vencimiento en el año 2019 y de Tarjetas Celestes -- Cédulas MERCOSUR -- para uso de Gas Natural Comprimido como combustible vehicular, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I -- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (Art. 1°); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que, como Anexo, integra ese decisorio y c) informar, a los fines de que quienes se presenten como oferentes puedan dar cumplimiento con la "Declaración Jurada de Intereses" que establece el Decreto N° 202/2017, reglamentado por la Resolución N° 11-E/2017 de la SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN, que las personas que podrán suscribir el eventual Acto Administrativo de Adjudicación, serán los Sres. DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ (CUIT 20-13566050-8) o Daniel Alberto PERRONE (CUIT 20-06082065-2), en los términos del Decreto N° 571/2007 sucesivos y concordantes, Decretos Nros. 164/2016, 287/2016 y 844/2016 (Art. 3°).

Que obran en el Expediente ENARGAS N° 31957, las constancias que prueban que se han realizado las publicaciones de ley, en el BOLETÍN OFICIAL.

Que se informó de la convocatoria a la UNIÓN ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO --U.A.P.E.-- para su difusión. Asimismo, obran en el Expediente las constancias de los correos electrónicos mediante los cuales diversas firmas del rubro fueron invitadas a cotizar en el marco de la presente contratación.

Que en el Expediente obra la constancia de un correo electrónico, de fecha 20 de julio de 2017, mediante la cual la firma RAMÓN CHOZAS S.A. solicitó una prórroga para la fecha de apertura de sobres, con el objeto de cumplir con todos los requerimientos establecidos en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y realizó algunas preguntas relacionadas con el contenido de dicho pliego.

Que se encuentra incorporada al Expediente la constancia de un correo electrónico, de fecha 21 de julio de 2017, en el que la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO le respondió a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, ambas pertenecientes al ENARGAS, sobre las preguntas efectuadas por la firma RAMÓN CHOZAS S.A.

Que obra en el Expediente la constancia de un correo electrónico, de fecha 21 de julio de 2017, por medio del cual el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS dio respuesta a la firma RAMÓN CHOZAS S.A. a las preguntas efectuadas en su correo electrónico del 20 de julio de 2017.

Que del acta de Apertura de Sobres, de fecha 14 de agosto de 2017, surge que los oferentes fueron las firmas BOLDT IMPRESORES S.A., FUSIÓN SAN LUIS S.A. y RAMÓN CHOZAS S.A.

Que se encuentran incorporadas al Expediente, las constancias que acreditan que las firmas RAMÓN CHOZAS S.A., BOLDT IMPRESORES S.A. y FUSIÓN SAN LUIS S.A. tomaron vista del mismo.

Que obra en el Expediente la constancia de un correo electrónico, de fecha 16 de agosto de 2017, mediante el cual el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES le indicó la firma RAMÓN CHOZAS S.A. que no se encuentra inscripto en el SIPRO y que, con el objeto de dar cumplimiento con lo ordenado por la Disposición N° 64-E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DE LA NACIÓN, le solicitó realizar las gestiones necesarias ante la OFICINA NACIONAL DE...

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