Resolución 140/2023

Fecha de publicación07 Marzo 2023
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2023

VISTO el Expediente EX-2023-18420494- -APN-DBV#MSG, la Ley N° 25054 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985 y sus modificaciones, 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y 636 del 4 de junio de 2013; 739 del 03 de noviembre de 2022; las Decisiones Administrativas Nros. 335 del 6 de marzo de 2020 y, 4 del 10 de enero de 2023; la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 420 del 15 de mayo de 2003; la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 871 del 14 de diciembre de 2016 y sus modificatorias y 78 del 07 de febrero del 2023; y

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo previsto en la Ley N° 25054, la distribución del subsidio nacional debe efectuarse según los criterios expuestos en el artículo 13, y teniendo en cuenta los objetivos establecidos legalmente, permitiendo la comprobación de que la inversión que realicen las instituciones que reciben fondos, esté orientada para los fines con que los mismos han sido asignados.

Que la Ley N° 25054 en su artículo 8° establece que la autoridad de aplicación de la norma es la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL, o el Organismo que en el futuro la reemplace.

Que mediante el Decreto N° 636/2013 se estableció la transferencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por el Decreto N° 739/2022 se modificó la estructura organizativa de la Administración Nacional, mediante el cual se han definido los objetivos de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 355/2020 se aprobó la estructura del primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la Decisión Administrativa Nº 4/2023 aprueba el presupuesto del año 2023, y distribuyó el presupuesto para el ejercicio 2023 destinada a las entidades de Bomberos Voluntarios en el marco de la Ley N° 25.054.

Que la Resolución del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Nº 420/2003, creó el “REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES”, en el marco de lo establecido en el artículo 8 de la Ley Nº 25.054.

Que mediante la Resolución MS Nº 871/2016 se aprobó el “MANUAL DE TRAMITACIÓN, EJECUCIÓN Y RENDICIÓN DE SUBSIDIOS OTORGADOS AL SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS”.

Que mediante la Resolución 78/2023 aprobó la implementación y puesta en funcionamiento del MÓDULO DE RENDICIONES WEB DEL SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS, para la presentación de las rendiciones de cuenta digital integrante de la presente.

Que, atento los desastres de gran magnitud acaecidos en diferentes provincias durante el último año y previstos para el presente, podría resultar necesario dotar a las entidades de bomberos voluntarios más afectadas, con equipamiento que les permita cubrir adecuadamente las emergencias propias de su jurisdicción, territorio provincial y/o interprovincial en que prestan servicios.

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE SEGURIDAD a través de la DIRECCIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS ha tomado los recaudos pertinentes a fin de establecer una nómina de Entidades de Bomberos Voluntarios que se encuentran habilitadas para percibir las contribuciones previstas en la Ley N° 25054, en los términos del...

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