Resolución 1122/2019

Fecha de publicación26 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-99366000- -APN-DRATYCUPQ#MSG, la Ley de Ministerios (T.O. Decreto No 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley N° 23.737 y sus modificatoria Ley N°27.302, la Ley N° 26.045, la Ley N° 25.613, los Decretos N° 1.095 del 26 de septiembre de 1996 y sus modificatorios N°1161 del 6 de diciembre de 2000, N° 974 del 30 de julio de 2016, N°743 de fecha 10 de agosto de 2018 ; N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 15 del 5 de enero de 2016, N° 342 del 12 de febrero de 2016, N° 434 del 1 de marzo de 2016, N° 1063 del 4 de octubre de 2016, N° 515 del 24 de julio de 2019 y N° 593 del 27 de agosto de 2019; la Decisión Administrativa Nº 299 del 9 de marzo de 2018; las Resoluciones SE.DRO.NAR. N° 883 del 12 de diciembre de 2003, N° 13 del 6 de julio de 2004, N° 342 del 14 de mayo de 2007, N° 294 del 7 de abril de 2010, N° 360 del 15 de abril de 2010, N° 764 del 20 de mayo de 2011, N° 1137 del 25 de julio de 2011, N° 1797 del 2 de diciembre de 2011, N° 535 del 14 de noviembre de 2014, N° 31 del 4 de marzo de 2015, N° 71 del 25 de marzo de 2015; las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 327 del 27 de julio de agosto de 2016, N° 193 del 8 de marzo de 2017, N° 562 del 4 de julio de 2018, N° 746 del 14 de septiembre de 2018, N° 788 del 3 de octubre de 2018, N° 184 del 13 de marzo de 2019; las Resoluciones de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 101 del 20 de octubre de 2017 y N° 121 del 27 de diciembre de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 44 de la Ley N° 23.737 dispone “El Poder Ejecutivo nacional elaborará y actualizará periódicamente, por decreto, listados de precursores, sustancias o productos químicos que, por sus características o componentes, puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes. La reglamentación establecerá qué tipo de mezclas que contengan en su formulación dichas sustancias químicas estarán sujetas a fiscalización. Las personas físicas o jurídicas que produzcan, fabriquen, preparen, elaboren, reenvasen, distribuyan, comercialicen por mayor o menor, almacenen, importen, exporten, transporten, transborden o realicen cualquier otro tipo de transacción, tanto nacional como internacional, con sustancias o productos químicos incluidos en el listado al que se refiere el párrafo anterior, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Precursores Químicos…”.

Que de conformidad con el artículo 8° de la Ley N° 26.045 “las personas físicas o...

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