Resolución 108. RESFC-2019-108-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Fecha de disposición08 Marzo 2019
Fecha de publicación08 Marzo 2019
SecciónResoluciones

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 108/2019

RESFC-2019-108-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-00389247- -APN-GT#ENARGAS del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS); lo dispuesto por la Ley N° 24.076 y su Decreto Reglamentario N° 1738/92; el punto 10 de la reglamentación por el Decreto 1738/92 de los artículos 65 a 70 de la Ley N° 24.076; la Resolución ENARGAS N° 716/98 y la Resolución ENARGAS N° I-1410/10 y,

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento Interno de los Centros de Despacho, aprobado por la Resolución ENARGAS N° 716/98 estableció una metodología de gestión del despacho de los sistemas de Transporte y Distribución de gas natural a fin de que aquellos fueran más seguros, confiables y tuvieran una mayor velocidad de respuesta.

Que con ello, el ENARGAS desarrolló e implementó acciones tendientes a superar la necesidad de ampliación de capacidad en los sectores regulados de Transporte y Distribución. Ello así por cuanto, en aquel momento, el gas inyectado en los Puntos de Ingreso a los Sistemas de Transporte/Distribución (en adelante "PIST/D") no era una variable a considerar como crítica, ya que ante una hipotética situación de pico de demanda \u2013 salvo cuestiones excepcionales y singulares \u2013 las capacidades de transporte serían siempre colmadas en la inyección.

Que a partir de enero del año 2002, comenzó a presentarse una situación de escasez de gas, debido a una oferta de gas natural inferior a la demanda y capacidad de transporte.

Que iniciado el proceso de normalización del servicio público a través de la Ley de Emergencia Pública N° 25.561 se dictaron los Decretos N° 180/2004, N° 181/2004 y la Resolución SE N° 599/07 en la que la ex Secretaría de Energía precisó el concepto de "Demanda Prioritaria" y estableció procedimientos y principios orientados a abastecer aquella en primer término.

Que en ese contexto, el "Reglamento Interno de los Centros de Despacho" vigente a ese momento resultaba insuficiente ante el nuevo escenario de escasez de gas en los PIST/D.

Que ante ello y en la necesidad de generar un nuevo mecanismo de despacho a efectos de cumplir con los objetivos de la política...

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