Resolución 1056.

Fecha de disposición20 Octubre 2015
Fecha de publicación20 Octubre 2015
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 1056/2015

Bs. As., 04/08/2015

VISTO el Expediente N° 1.677.664/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa MACULAN SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA celebra un acuerdo directo con la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, obrante a fojas 115 del Expediente N° 1.677.664/15 y solicitan su homologación, en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis iniciado en las presentes actuaciones conforme lo regulado en la ley N° 24.013 y el Decreto N° 265/02.

Que en dicho Acuerdo las partes convienen suspensiones de personal, previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los términos del Artículo 223 Bis de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, conforme surge del texto pactado.

Que en razón de lo expuesto, sin perjuicio de la homologación del presente como acuerdo marco de carácter colectivo, y no obstante el derecho individual del personal afectado, corresponde hacer saber a las partes que en referencia a lo pactado rige lo dispuesto en los artículos 218 a 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 2004).

Que a fojas 116 del Expediente N° 1.677.664/15 obra la nómina del personal afectado por el mentado acuerdo.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el acuerdo en todos sus términos.

Que corresponde hacer saber que, de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la autoridad laboral administrativa competente.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando tercero de la presente medida.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Articulo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Decláranse homologados el Acuerdo y nómina del personal afectado, suscriptos entre la empresa MACULAN SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL...

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