Resolucion Nº 1.563

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2014

RESOLUCION Nº 1.563

Mendoza, 3 de julio de 2014

Visto el expediente 3286-D-14-77770, en el cual se solicita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios, celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Matías E. Roby y la persona que se menciona, quien se desempeñará en la Subdirección de Asuntos Profesionales y Concursos del Ministerio de Salud, y

CONSIDERANDO:

Que resulta imprescindible contar con recursos humanos idóneos para instrumentar diversos programas y tareas implementadas por el citado Ministerio.

Que no revistando en la Jurisdicción personal suficiente para la implementación y funcionamiento de los Programas en marcha, resulta indispensable contratar bajo el sistema de locación de servicios a personas para la realización de las tareas que posibiliten alcanzar los objetivos que el citado Ministerio se ha propuesto como metas para el año 2014.

Que a la fecha de la presente Resolución, el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley N° 8530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro, según lo establecido en el Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, Artículo 5 y Capítulo XI - "De la reconducción del presupuesto" de la Ley N° 3799, y demás disposiciones establecidas por la Ley N° 8667.

Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y lo establecido por el Art. 40 de la Ley N° 6554 y modificatorias vigente por los Arts. 88 de la Ley N° 8530 -Presupuesto 2013- y Decreto Reglamentario N° 354/13,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º

Aprobar por...

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