Reina Isabel Quevedo, Julio Cesar Feldkircher, Cristian Darío Palomeque, Sergio Alberto Galarza, Silvana Griselda Barbora Vergara, Germán Matías Almirón

Fecha de disposición29 Octubre 2018
Fecha de publicación29 Octubre 2018

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL NRO. 2

ROSARIO SANTA FE

En autos caratulados: "QUEVEDO REINA ISABEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737", Expte. FRO 6182/2013/TO1, de trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario, Vocalía Nº3 presidida en forma unipersonal por el Dr. OMAR R. A. DIGERONIMO, mediante Sentencia nº35/18 de fecha 20 de septiembre de 2018, se resolvió: "I.- APARTARSE del tope impuesto en el párrafo primero del art. 431 bis, apartado 1º, del CPPN. II.- ACEPTAR el acuerdo efectuado entre la Sra. Auxiliar Fiscal, los imputados Reina Isabel Quevedo, Julio Cesar Feldkircher, Cristian Darío Palomeque, Sergio Alberto Galarza, Silvana Griselda Barbora Vergara, Germán Matías Almirón y sus defensas, e imprimir \u2013 respecto de los nombrados- el procedimiento de Juicio Abreviado (Art. 431 bis CPPN). III.- CONDENAR a Reina Isabel Quevedo, DNI 13.958.353, cuyos demás datos personales obran en autos, a la pena de nueve (9) años de prisión, multa de pesos dos mil ($ 2.000), accesorias legales y costas, como coautora penalmente responsable de los delitos previstos y penados por los artículos 5° inciso b) y c), agravado por el 11º inciso c) de la Ley 23.737, y 7º de dicha ley, en concurso real (Art. 55 del C.P.) en la modalidad de tenencia de estupefacientes con las variantes de transporte, preparación y comercialización de las mismas, agravadas por haberse cometido con la concurrencia de tres o más personas organizadas a tal fin. IV.- CONDENAR a Julio Cesar Feldkircher, DNI 29.677.796, cuyos demás datos personales obran en autos, a la pena de ocho (8) años y diez (10) meses de prisión, multa de pesos mil novecientos ($ 1.900), accesorias legales y costas, como coautor penalmente responsable de los delitos previstos y penados por los artículos 5° inciso b) y c), agravado por el 11º inciso c) de la Ley 23.737, y 7º de dicha ley, en concurso real (Art. 55 del C.P.) en la modalidad de tenencia de estupefacientes con las variantes de transporte, preparación y comercialización de las mismas, agravadas por haberse cometido con la concurrencia de tres o más personas organizadas a tal fin. V.- CONDENAR a Cristian Darío Palomeque (DNI 25.275.633), Sergio Alberto Galarza (DNI 16.066.141) y Silvana Griselda Barbora Vergara (DNI 30.904.757), cuyos demás datos personales obran en autos, a la pena de cuatro (4) años y siete (7) meses de prisión, multa de pesos ciento ochenta ($ 180), accesorias legales y costas, como partícipes...

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