Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 19 de Diciembre de 2017, expediente FRE 006342/2016/8/RH001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 6342/2016/8/RH1 SISTENCIA, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil

diecisiete.

Y VISTO El expediente registro de Cámara Nº FRE

6342/2016/8/RH1 caratulado: “Recurso de Queja en autos ORBANI, Joaquín

Alejandro – INSAURRALDE, M. E. – B., Estela María

Concepción p. Infracción Ley 23737” que en grado de apelación proviene del

Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista –Sta. Fe; y CONSIDERANDO 1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en

virtud del recurso de queja por apelación denegada deducido por el Defensor

Público Oficial –N. de Reconquista –Pcia. de Sta.Fe, contra el

decreto agregado a fs. 37 de estas actuaciones por el cual el Instructor no hizo

lugar al recurso intentado oportunamente ( fs. 35/36 vta.) contra el pto.1º de la

Resolución obrante a fs. 5/14 vta., al considerarlo inapelable en los términos del

art. 352 del C.P.P.N.

El quejoso se agravió sosteniendo que dicho decisorio

resulta apelable conforme art. 345 del CPPN, ya que en el mismo decisorio el

Sentenciante rechazó planteos preliminares realizados por dicha defensa como la

excepción de previo y especial pronunciamiento por nulidad de la detención y

requisa y de todo lo actuado y, en subsidio, la oposición a la elevación a juicio (fs.

15/36 vta.).

  1. Que impreso el trámite pertinente y requerido el

    informe de ley, se lo agrega a fs. 42/56 conjuntamente con las copias de la

    interposición de la queja en análisis y del auto interlocutorio por el que se

    rechazaran las nulidades planteadas y la oposición a la elevación a juicio,

    disponiendo la clausura de la instrucción.

    En el informe remitido (fs. 56), el Señor Juez reafirma

    que no corresponde conceder apelación alguna contra el auto interlocutorio

    agregando que la causa principal se encuentra en trámite ante el Tribunal Oral en

    Fecha de firma: 19/12/2017 Alta en sistema: 21/12/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #30896800#195934089#20171219113554184 lo Criminal Federal de Santa Fe, por lo que –entiende cualquier inobservancia

    en la instrucción vinculada al trámite procesal de la causa podrá ser replanteada

    como cuestión preliminar en dicha etapa oral del proceso.

  2. Descriptas así las circunstancias que motivan la queja

    en análisis y a la vista de las constancias causídicas debemos concluir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR