Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 19 de Diciembre de 2017, expediente FRE 006342/2016/8/RH001
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 6342/2016/8/RH1 SISTENCIA, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil
diecisiete.
Y VISTO El expediente registro de Cámara Nº FRE
6342/2016/8/RH1 caratulado: “Recurso de Queja en autos ORBANI, Joaquín
Alejandro – INSAURRALDE, M. E. – B., Estela María
Concepción p. Infracción Ley 23737” que en grado de apelación proviene del
Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista –Sta. Fe; y CONSIDERANDO 1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en
virtud del recurso de queja por apelación denegada deducido por el Defensor
Público Oficial –N. de Reconquista –Pcia. de Sta.Fe, contra el
decreto agregado a fs. 37 de estas actuaciones por el cual el Instructor no hizo
lugar al recurso intentado oportunamente ( fs. 35/36 vta.) contra el pto.1º de la
Resolución obrante a fs. 5/14 vta., al considerarlo inapelable en los términos del
El quejoso se agravió sosteniendo que dicho decisorio
resulta apelable conforme art. 345 del CPPN, ya que en el mismo decisorio el
Sentenciante rechazó planteos preliminares realizados por dicha defensa como la
excepción de previo y especial pronunciamiento por nulidad de la detención y
requisa y de todo lo actuado y, en subsidio, la oposición a la elevación a juicio (fs.
15/36 vta.).
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Que impreso el trámite pertinente y requerido el
informe de ley, se lo agrega a fs. 42/56 conjuntamente con las copias de la
interposición de la queja en análisis y del auto interlocutorio por el que se
rechazaran las nulidades planteadas y la oposición a la elevación a juicio,
disponiendo la clausura de la instrucción.
En el informe remitido (fs. 56), el Señor Juez reafirma
que no corresponde conceder apelación alguna contra el auto interlocutorio
agregando que la causa principal se encuentra en trámite ante el Tribunal Oral en
Fecha de firma: 19/12/2017 Alta en sistema: 21/12/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #30896800#195934089#20171219113554184 lo Criminal Federal de Santa Fe, por lo que –entiende cualquier inobservancia
en la instrucción vinculada al trámite procesal de la causa podrá ser replanteada
como cuestión preliminar en dicha etapa oral del proceso.
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Descriptas así las circunstancias que motivan la queja
en análisis y a la vista de las constancias causídicas debemos concluir...
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