Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 14 de Noviembre de 2016, expediente FRO 018651/2013/8/RH001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B P/Int. Rosario, 14 de noviembre de 2016.

Visto en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente Nº FRO 18651/2013/8/RH1 de entrada, caratulado “Recurso de Queja en autos BELICHOFF, J.M.;G., C.G. por infracción ley 24.796”

(originario de esta Cámara Federal de Apelaciones de Rosario), de los que resulta:

El defensor Técnico de C.G.G. dedujo recurso de queja (fs. 43/48vta.) contra la resolución del 11/07/2016 (fs. 68/73), mediante la cual no se hizo lugar al recurso de revocatoria y de apelación en subsidio interpuesto por el recurrente, contra la providencia de fecha 15/06/2016, en cuanto dispuso: “Por otro lado, al pedido de copias efectuado por la parte querellante hágase lugar, a exclusivo cargo del requirente” (fs. 60).

Recibidos los autos ante esta Sala (fs. 49), se requirió al Juzgado de origen informe a tenor de lo normado por el artículo 477 segundo párrafo del CPPN (fs. 50), cumplido lo cual (fs. 52/57 y 59/76) se dispuso el pase de los autos al Acuerdo (fs.58 y 77).

U El Dr. T. dijo:

  1. ) Al deducir la queja, el recurrente refiere a los antecedentes de la causa que considera necesarios relatar.

    Expresa que el 15/12/2014 se ordenó el allanamiento, entre otros, del estudio del D.G., cuya nulidad fue planteada por esa parte, la que fue rechazada en primera y segunda instancia, encontrándose pendiente de resolución el recurso de casación interpuesto.

    Señala que en dicha oportunidad, además del secuestro de toda documentación relacionada con las personas denunciadas, las que detalla a fs.

    44, se autorizó secuestrar documentación de todo otro contribuyente del cual surja de manera palmaria que se trata de nuevas usinas creadas por la organización no informadas hasta el momento y de todo otro elemento probatorio de interés para la causa.

    Fecha de firma: 14/11/2016 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANTE MI M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA #28718899#166848939#20161114122735523 Posteriormente, explica, la querella solicitó autorización para el retiro de copias de la documentación secuestrada en el allanamiento impugnado, a los fines de la incorporación en la Base e-APOC de ese organismo de aquellos contribuyentes que, según las tareas investigativas efectuadas en autos, se trataría de usinas de facturación apócrifa, a la que el a quo hizo lugar.

    Sostiene que al oponerse a la obtención de copias solicitadas, señaló que...

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