Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 13 de Diciembre de 2021, expediente FGR 019263/2013/36/RH015
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
FGR 19263/2013/36/RH15
REGISTRO NRO. 2039 /21.4
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en forma unipersonal por el suscripto,
juez J.C., conforme a lo establecido en el art. 30 bis, 2º párrafo, inc. 4 del C.P.P.N. (cfr. ley 27.384) para resolver en la presente causa FGR
19263/2013/36/RH15 caratulada “ORTIZ, V.M. s/queja”.
Y CONSIDERANDO:
I.Q., con fecha 26 de octubre del corriente, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, provincia de Río Negro, integrada de forma unipersonal por el juez S.P.B., resolvió:
I. Rechazar la recusación formulada contra los jueces R.F.G. y M.R.L.…
.
II.Q. contra dicha resolución la defensa de V.M.O. interpuso recurso de casación, el que, denegado por el a quo, motivó la presentación directa ante esta instancia.
III.Q. la queja en estudio fue deducida en debido tiempo y forma por quien se encuentra legitimado para ello.
Sin embargo, la decisión recurrida en casación no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva previsto por el artículo 457 del C.P.P.N., ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena (cfr. en lo pertinente y aplicable de esta Sala IV: causa 1272/13 “F.A.C. s/queja”, R.. 2271/13.4, del 21/11/13; causa FRO
74028214/2005/3/RH2, “A., R.J.s.,
R.. 1067/15.4, del 5/6/15; causa CFP 9401/2012/3/RH2,
V., A.s., R.. 395/18.4, del 24/4/18; causa FSA 24506/2017/5/CFC1, “R.,
Fecha de firma: 13/12/2021
Alta en sistema: 14/12/2021
Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA
36025839#312262717#20211213144634240
R.D. y otro s/recurso de casación
, R..
80/19.4, del 14/2/19; causa CFP 9886/2018/44/RH3 “S.D., C.V.s., R.. 171/20, del 27/2/2020 –confirmada con la declaración de inadmisibilidad del recurso extraordinario federal conf. R.. 1013/20.4 del 8/7/20- y causa CFP
9886/2018/48/RH8 “S.D., C.V.s., R.. 1075/20.4, del 17/7/2020; causa CPE
976/2016/20/RH3 “Flores, R.O.s.R..
1191/20.4, del 29/7/2020 y causa CFP 12438/2008/14/RH6
De Vido, J.M.s.R.. 1281/20.4 del 6/8/2020, entre otras).
En efecto, para confirmar lo resuelto por el juez federal de primera instancia, el magistrado del colegiado previo sostuvo “…tal como lo postularon mis...
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