Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 15 de Agosto de 2023, expediente CFP 000440/2023/3/RH001
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
CFP 440/2023/3/RH1
C.C., C.A. y otro s/recurso de casación
Registro Nro. 882/23
Buenos Aires, 15 de agosto de 2023.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Daniel Antonio Petrone –
Presidente-, D.G.B. y C.A.M.–.-
les-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acorda-
das 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)
y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad de la queja por recurso de casación denegado interpuesta en el presente legajo CFP
440/2023/3/RH1 del registro de esta Sala I, caratulado: “Ca-
rrasco Casares, C.A. y otro s/recurso de queja”.
Y CONSIDERANDO:
-
Que, en fecha 14 de abril de 2023, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal resolvió declarar mal concedido el recurso de apela-
ción interpuesto contra la resolución de la jueza de grado que no hizo lugar a la medida cautelar de no innovar ni a la soli-
citud de tener como parte querellante al señor J.R. -
en su carácter de P. y S. General de la Fede-
ración Argentina de Tiro al Vuelo-, formuladas por el abogado A.S.K..
-
Que, contra aquel pronunciamiento, el mentado abogado interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó
la presentación directa ante esta instancia.
-
Que, con relación a la vía directa interpuesta,
es menester señalar que la parte recurrente manifestó su dis-
conformidad con los argumentos expuestos por la cámara de mé-
rito para denegar el recurso de casación, sin lograr refutar-
los a través de sus agravios.
En efecto, tal como fue observado por los jueces de la anterior instancia, la decisión cuestionada, por su natura-
Fecha de firma: 15/08/2023
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
CFP 440/2023/3/RH1
C.C., C.A. y otro s/recurso de casación
leza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella, y tampoco se trata de uno de los autos contenidos en el art. 457 del Código Procesal Penal de la Na-
ción (CPPN).
Por lo demás, las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar que no se com-
parten los fundamentos brindados por la cámara a quo, no con-
figuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre muchos otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791, 321:1328...
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