Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 13 de Octubre de 2017, expediente FBB 015000004/2013/TO01/10

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº FBB 15000004/2013/TO1/10 “A., R.C. s/recurso Cámara Federal de Casación Penal extraordinario”

Registro nro.: 1179/17 Buenos Aires, 13 de octubre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por la defensa oficial de R.C.A. a fs. 34/39 contra el auto de fecha 2 de junio del año en curso que, por mayoría, declaró inadmisible la queja deducida por esa misma parte por el rechazo al recurso de casación contra la decisión de prorrogar su prisión preventiva por el término de seis meses –Registro nº

479/17- (ver fs. 26/27).

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores J.C.G. y C.A.M. dijeron:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor F. General -Dr. R.G.W.- de fs.

43, que compartimos, y a los que nos remitimos en razón de brevedad, corresponde no hacer lugar a la vía intentada, sin costas a la defensa oficial.

Así es nuestro voto.

El señor juez doctor E.R.R. dijo:

Que adherimos a la solución propuesta en el voto que antecede, con costas a la defensa oficial.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

NO HACER LUGAR al recurso extraordinario interpuesto por la defensa oficial a fs. 34/39, sin costas, éstas por mayoría (art. 257 del C.P.C.C.N. y 531 del C.P.P.N.).

R., notifíquese al recurrente, hágase saber a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada de la CSJN nº 42/15) y remítanse las actuaciones al tribunal de origen.

Sirva la presente de atenta...

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