Recurso Queja Nº 1 - s/ASOCIACION ILICITA, TRAICION, TRAICION CON SOMETIMIENTO (ART.215 INC.1), CONSPIRACION PARA TRAICION, ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248), INCUMPLIM. DE AUTOR.Y VIOL.DEB.FUNC.PUBL.(ART.249), MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS (ART.260), PREVARICATO, INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIG.DE PERSEGUIR DELINCUEN. y ENCUBRIMIENTO (ART.277)
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Sala 1 |
Camara Federal de Casación Penal Cámara Federal de Casación Penal - Sala I - 4871 Recurso Queja Nº 1 - s/ASOCIACION ILICITA, TRAICION, TRAICION CON SOMETIMIENTO (ART.215 INC.1), CONSPIRACION PARA TRAICION, ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.
(ART.248), INCUMPLIM. DE AUTOR.Y VIOL.DEB.FUNC.PUBL.(ART.249), MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS Buenos Aires, 29 de diciembre 2014.-
AUTOS Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
El señor juez doctor J.C.G. dijo:
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) Que la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal de esta ciudad hizo lugar a las inhibiciones de los magistrados H.R.C., M.I. y E.F. y declaró mal concedido el recurso deducido por el Dr. O.L.V. (vide fs. 6 y vta.).
Para así decidir tuvo en consideración que los jueces recusados se encontraban denunciados por el letrado recurrente, y que el recurso por él impetrado carecía de la específica y oportuna motivación que demanda el artículo 438 del Código Procesal Penal de la Nación.
Contra esta decisión el Dr. O.L.V., letrado denunciante y pretenso querellante, interpuso recurso de casación el que, denegado, dio lugar a la presentación directa en estudio (conf. fs. 9/10 vta. y 1/ 2 vta.).
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) Que el recurso en examen se evidencia insuficiente ya que en él no se enjuicia ni rebate lo que el tribunal de grado sostuvo al ponderar sus planteos, sino que el presentante se limita a seguir afirmando sus propias convicciones respecto de cómo se debió resolver la cuestión; por lo que corresponde concluir que si el recurrente no ha asumido la carga de demostrar que el tribunal de grado aplicó
mal la ley, el recurso no se abastece en este aspecto. Por todo lo expuesto, el recurso cuya concesión se pretende no cumple con los recaudos de debida fundamentación previstos en el artículo 463 del Código Procesal Penal de la Nación (conf.
C.F.C.P., S.I., causa N° 595/2013. “FURCI, M.Á. s/recurso de casación”, rta. el 4 de julio de 2013, reg.
Nº1169.13.4, CAUSA Nro. 840/13, “VILLABA, M.G. s/recurso de queja”, rta. el 14 de agosto de 2013, Reg. Nº
1446.13.4, causa Nº 644/13,“BERGSTEIN, D.H.M., C.L. s/queja”, rta. el 22 de agosto de 2013, reg.
Nº 644.13.4; causa N.. 536/2013, “GÓMEZ, F.N. s/recurso de queja”, rta. el 4 de julio de 2013, reg. Nº
1191.13.4, entre otras).
Fecha de firma: 29/12/2014 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi)...
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