Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 3 de Mayo de 2019, expediente CFP 006882/2017/CA002

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6882/2017/CA2 CCCF –SALA I CFP 6882/17/CA2 “R S J A s/ sobreseimiento”

Juzgado N° 8 – Secretaría N° 15 Buenos Aires, 3 de mayo de 2019.

Y VISTOS Y CONSIDERANDO: I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 132/3 por el Dr. C.S., contra la resolución que luce a fojas 130/1, en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 apartado segundo de la ley 23.737 y decretó el sobreseimiento de J A R S con arreglo a lo contemplado en el artículo 336 inciso 3° del Código Procesal Penal de la Nación. II- La presente pesquisa se inició el 21 de abril de 2017, siendo las 21 horas, cuando personal policial, recorriendo la calle Salta 1482 de esta ciudad, observó a una persona que se hallaba manipulando un objeto de pequeñas dimensiones, al tiempo que miraba de manera nerviosa hacia diferentes direcciones. Surge del relato de la prevención que, al percatarse de la presencia de los agentes policiales, dicho individuo intentó guardar rápidamente el elemento que llevaba entre sus manos dentro de la cartera que portaba y comenzó a darse a la fuga. Luego de hacerse efectiva la detención del imputado, se verificó que en su poder llevaba veinticinco envoltorios con cocaína, cuyo peso total fue de 5,81 gramos (cfr. fs.

79). III- En su apelación, el acusador público alegó que las circunstancias del caso no permitían afirmar que la sustancia incautada en poder del imputado estuviera inequívocamente destinada a su consumo personal.

Entre las medidas probatorias pendientes de efectuar, señaló la necesidad de realizar un estudio médico-

Fecha de firma: 03/05/2019 Alta en sistema: 06/05/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #29934010#233437996#20190503115131086 psicológico para evaluar si R S presenta adicción o afección al consumo de estupefacientes.

Dichos argumentos fueron sostenidos en esta instancia por la Sra. Fiscal E.A. de S., ocasión en la que...

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