Sentencia de Sala I, 8 de Noviembre de 2011, expediente 41.474

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2011
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I – 41.474 – R., R. D.

Nulidad Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 24, Secretaría Nº 131

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2011.-

AUTOS Y VISTOS:

Convoca la atención de la Sala el recurso de apelación deducido oportunamente por la Dra. M.P.T., a cargo de la Defensoría Pública Oficial Nº 11

en lo Criminal de Instrucción, por la asistencia técnica de R.D.R., contra la resolución obrante a fs. 6/8 de esta incidencia, en cuanto no se hizo lugar al planteo de nulidad articulado por la recurrente.

A la audiencia prevista por el art. 454 del CPPN (texto según ley 26.374)

compareció la Dra. K.C., funcionaria del Ministerio Público de la Defensa, a fin de exponer los fundamentos de su recurso.

Habiendo deliberado el tribunal en los términos del art. 455 del mismo cuerpo legal, la cuestión debatida se encuentra en condiciones de ser resuelta.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Circunstancias del caso La defensa planteó la nulidad de la detención y requisa del imputado, lo cual arrojó como resultado el secuestro de un GPS, su soporte plástico negro y el cable de alimentación que correspondía al rodado marca ………., dominio ……… propiedad de H.A.C.. La parte recurrente entendió que la actuación policial se originó por merced de la subjetividad del uniformado y que de ninguna manera obedeció a una evaluación objetiva de que pudiera estarse ante circunstancias previas o concomitantes que justificaren la intromisión.

    Conforme surge de la declaración del agente J.M.A. (fs. 1 del principal), el 6/10/11 a las 12.50 hs. aproximadamente, se encontraba de facción en la intersección de ……... y ……….., y mientras caminaba por la primera de esas arterias en dirección hacia la calle C. observó al acusado vestido de campera deportiva azul, jean negro y zapatillas del mismo color, quien corría a toda velocidad por la vereda opuesta. Al detener su marcha tras perseguirlo unos cincuenta metros, lo identificó a la altura catastral ………. de la calle ……….. y, tras palparlo sobre sus ropas, notó un elemento en su bolsillo. Tras requerir la cooperación de un móvil policial que se encargó de asegurar al prevenido, recorrió las inmediaciones y finalmente encontró el vehículo marca …… propiedad de C. con el cristal de la puerta delantera derecha destrozado. A los pocos minutos logró entrevistarse con el damnificado y al constatarse la faltante del GPS, su soporte plástico negro y el cable de alimentación, en presencia de testigos se incautaron dichos elementos en poder del imputado. El vehículo en cuestión había sido estacionado por su propietario a las 12.15 hs.

    aproximadamente.

  2. Fondo del asunto Luego de un detenido análisis de las constancias del legajo, consideramos que los agravios expuestos por la defensa en la audiencia resultan atendibles, por lo cual habrá de revocarse el auto apelado.

    En efecto, estimamos que el agente A. actuó excediendo sus atribuciones legales.

    En primer lugar, debemos mencionar que, tal como surge de la declaración de fs. 1/vta. de los autos principales, el motivo que condujo al agente a interceptar al...

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