Sentencia de SALA 1, 30 de Junio de 2015, expediente CFP 014216/2003/620/CA334

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 14216/2003/620/CA334 CCCF – SALA I CFP14216/2003/620/CA334 “Valdivia, R. s/ cosa juzgada”.

Juzgado N° 3 – Secretaría N° 6 Buenos Aires, 30 de junio de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

    41/4 por la defensa de R.V. contra la resolución obrante a fs. 35/40, en cuanto rechazó in limine la excepción de falta de acción por cosa juzgada interpuesta por esa parte al momento de contestar la vista contemplada en el artículo 349 C.P.P.N.

  2. La defensa plantea la violación al instituto de la cosa juzgada que generó la reapertura de la instrucción de los hechos por los que se pretende ahora la elevación a juicio, destacando los diversos pronunciamientos jurisdiccionales que se han ido sucediendo con antelación a la ley 25.779 que declararon y luego ratificaron la extinción de la acción penal de los mismos.

    Analizado el caso traído a estudio, entendemos los suscriptos que este planteo sugiere la reedición de cuestiones ya resueltas de manera sistemática e ininterrumpida por este Tribunal.

    Por ello, y toda vez que el razonamiento que propone la defensa no incluye ningún dato adicional o elemento de juicio novedoso frente al cual se imponga una reevaluación del tema tratado, en consonancia con lo sostenido por la C.S.J.N. in re “Simón”, entendemos que luce acertado lo resuelto por el a quo en cuanto rechazó el planteo in limine, remitiéndonos a nuestros anteriores pronunciamientos sobre la temática por razones de brevedad (ver c/n°...

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