Publicaciones de la Sección Oficial de 15 de Septiembre de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017 Nº 28.114
“AÑO 2017 CONMEMORACIÓN DEL TRIGÉSIMO QUINTO (35) ANIVERSARIO DE LA GESTA DE MALVINAS”
Edición de 50 páginas
Suplemento de Varios de 30 páginas
AUTORIDADES
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario Lic. Juan Pablo Becerra
de Coordinación Gubernamental
Sr. Director Provincial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
de Impresiones del Estado
y Boletín Ocial
Sra. Directora de Boletín Ocial Dra. María S. Carmona
Sra. Directora de Impresiones Dra. Silvia Noemí López
y Publicaciones del Estado
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que
deban producir desde el día de su publicación en el Boletín
Ocial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos -------------------------------------------------- 7515
Resoluciones -------------------------------------------------- 7519
Licitaciones -------------------------------------------------- 7521
Varios -------------------------------------------------- 7526
Transferencias -------------------------------------------------- 7527
Convocatorias -------------------------------------------------- 7530
Colegiaciones -------------------------------------------------- 7533
Sociedades -------------------------------------------------- 7533
SECCIÓN JUDICIAL
Remates -------------------------------------------------- 7541
Varios -------------------------------------------------- 7544
Sucesorios -------------------------------------------------- 7553
SECCIÓN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscriptos
en la Suprema Corte de Justicia ------------------------------------- 7560
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 7515
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, VIERNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto
Número: DECTO-2017-404-E-GDEBA-GPBA
BUENOS AIRES, LA PLATA
Sábado 19 de Agosto de 2017
Referencia: expediente N° 2114-1593/17
VISTO el expediente N° 2114-1593/17, por el cual se gestiona la
aprobación de un Convenio Especíco de Colaboración celebrado entre
el Ministerio de Seguridad de la Nación por una parte y conjuntamente el
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Secretaría
General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por la otra, y
CONSIDERANDO:
Que el acuerdo referido tiene por objeto el desarrollo de tareas de
descontaminación y compactación de vehículos, motocicletas, autopartes,
y chatarra, que se encuentran a disposición de la Secretaría General de la
Provincia de Buenos Aires, dentro del marco de la Ley Nacional N° 26.348
y la Resolución N° 442/09 del entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos de la Nación;
Que la Secretaría General, a través de su Dirección Provincial de
Automotores y Embarcaciones Ociales, es la instancia competente
en la materia, conforme la Ley N° 13.434, sus modicatorias y su
reglamentación, el Decreto-Ley N° 7.543/69 y modicatorios, y el Decreto
N° 46/15 y modicatorios;
Que por su parte, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires acopia una gran cantidad de vehículos y/o autopartes, vinculados a
diversos hechos delictivos, en distintas comisarías y/o predios afectados
al efecto;
Que el plexo normativo de mención establece que en todos los casos
de secuestro o hallazgo de autopartes, piezas, rezagos, cascos o restos
de vehículos y de vehículos que por su estado no se consideren aptos
para rodar, en causas en que corresponda intervenir a la Justicia Penal,
se dispondrá de pleno derecho, salvo disposición en contrario del Agente
Fiscal u Órgano Judicial interviniente, la inmediata remisión y puesta a
disposición de los efectos a Secretaría General, Dirección Provincial
de Automotores y Embarcaciones Ociales o al organismo que ésta
determine, para ser compactados o sometidos a proceso de destrucción
similar; organismo que ésta determine, para ser compactados o sometidos
a proceso de destrucción similar;
Que la gran acumulación de vehículos, autopartes y chatarra existente
en los diferentes predios provinciales, de terceros, y en Dependencias
Policiales, generan un riesgo tanto a la salubridad, higiene y seguridad de
los vecinos, como al ambiente en el cual ellos viven;
Que por su parte, el Ministerio de Seguridad de la Nación reconoce de
igual modo la problemática planteada, por lo que a la luz de la Ley Nacional
N° 26.348, y por Resolución N° 442/09 del entonces Ministerio de Justicia,
Seguridad y Derechos Humanos, ha creado el PROGRAMA NACIONAL
DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL
DE AUTOMOTORES” (PRO.NA.COM.);
Que dicho programa tiene a su cargo, entre sus actividades,
implementar la realización de operatorias en distintos puntos del país,
coordinando sus actividades con las autoridades correspondientes de las
distintas Provincias;
Que por las razones expuestas, y para dar una inmediata y ecaz
solución a la riesgosa situación que afecta a gran parte de los habitantes
de la Provincia de Buenos Aires, resulta conveniente y oportuno, aprobar
el Convenio Especíco de Colaboración, que permitirá llevar a cabo las
tareas de compactación y descontaminación a través del PRO.NA.COM.;
Que han intervenido Asesoría General de Gobierno, Contaduría
General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio Especíco de Colaboración
celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Nación por una parte
y conjuntamente el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires y la Secretaría General por la otra, con el objeto de realizar la
descontaminación y compactación de los vehículos, motocicletas,
autopartes y chatarra que se encuentran a disposición de la Secretaría
General, que como Anexo Único (IF-2017-41248-SSCASGG) forma parte
integrante del presente.
ARTÍCULO 2°: Disponer que los funcionarios y/o agentes responsables
de la custodia, guarda y administración de los vehículos, aptos o no aptos
para rodar, autopartes y chatarra depositados o abandonados en los
predios especicados en el artículo 4° de la Ley N° 13.434 modicada por
la Ley N° 13.727, o en dependencias policiales, realizarán un inventario de
las existencias e ingresarán toda la información disponible en sus propios
registros y remitirán los resultados a la Dirección Provincial de Automotores
y Embarcaciones Ociales para la elevación de las nóminas a la Dirección
de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes dependiente del Ministerio
de Seguridad de la Nación.
ARTÍCULO 3°: Determinar que la Dirección Provincial de Automotores
y Embarcaciones Ociales de la Secretaría General, es la responsable
de comunicar al Ministerio de Seguridad de la Nación, Dirección de
Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes, la nómina de vehículos y
autopartes que, conforme la normativa local vigente, se encuentran en
condiciones de ser sometidos al procedimiento de compactación.
ARTÍCULO 4°: Encomendar a la Dirección Provincial de Automotores
y Embarcaciones
Ociales de la Secretaría General a que, previo a efectuar el procedimiento
de compactación de automóviles que no fueren propiedad de la Provincia
de Buenos Aires, procure la publicación de edictos por un (1) día en el
Boletín Ocial y en un diario de circulación en la zona en que se desarrollará
la tareas, con una antelación mínima de tres (3) días al inicio de aquéllas.
ARTÍCULO 5°: Dejar establecido que la Dirección Provincial de
Automotores y Embarcaciones Ociales de la Secretaría General será la
encargada de llevar registro de las actas ejecutivas a las que reere la
cláusula tercera del convenio.
ARTÍCULO 6°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros
Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Jefatura de Gabinete
de Ministros.
ARTÍCULO 7°: Registrar, noticar al señor Fiscal de Estado, a la
Dirección Provincial de Automotores y Embarcaciones Ociales de la
Secretaría General, a la Dirección Provincial de Logística Operativa del
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio
de Seguridad de la Nación. Publicar, dar al Boletín Ocial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Cristian Ritondo Federico Salvai
Ministro Ministro
Ministerio de Seguridad Ministerio de Jefatura
de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Sección Ocial
IF-2017-00041248-GDEBA-SSCASGG
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