Publicaciones de la Sección Oficial de 04 de Julio de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
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Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.816
AÑO CVII/ LA PLATA, LUNES 4 DE JULIO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 5082
Municipalidades ----------------------------------------------------------------- 5082
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 5083
Varios ----------------------------------------------------------------- 5090
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 5097
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 5098
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 5099
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 5100
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 5107
Varios ----------------------------------------------------------------- 5108
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 5122
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 5127
Sección Oficial
LA PLATA, LUNES 4 DE JULIO DE 2016
PÁGINA 5082 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL
PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Resolución Nº 488
La Plata, 8 de junio de 2016.
VISTO el expediente Nº 21.100-654613/15, y
CONSIDERANDO:
Que la “PITBULL S.A.”, solicita su habilitación como empresa prestadora de Servicios
de Control de Admisión y Permanencia;
Que a fojas 2 luce agregada nota de solicitud de habilitación, por parte de la firma
solicitante;
Que de la documentación agregada surge que se encuentran cumplidos los recaudos
legales, exigidos por la Ley Nacional 26.370 y Provincial Nº 13.964 (Decreto
Reglamentario Nº 1.096/09);
Que Asesoría Letrada de Policía ha tomado intervención en el ámbito de su competencia;
Que en dicho contexto, corresponde otorgar la habilitación solicitada por la empresa
“PITBULL S.A.”,
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos
2º, 10 y 23 de la Ley Nº 14.803 y modificatorias, y artículos 2º y 9º del Decreto
Reglamentario Nº 1.096/09;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESOLUCIÓN Nº 122/16
EL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA PROVINCIAL PARA LA GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD PRIVADA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Proceder a la habilitación en el ámbito de la provincia de Buenos Aires
de la empresa denominada “PITBULL S.A.”, como Prestadora de Servicios de Control de
Admisión y Permanencia, cuya responsabilidad comercial recae en la mencionada sociedad
con sede en la calle Carlos Pellegrini Nº 299 de la localidad y partido de Lomas de Zamora.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, notificar y pasar al Registro Público Provincial de
Personal de Control de Admisión y Permanencia, publicar, dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Alberto Greco
Director Provincial
C.C. 8.113
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO
Resolución N° 3
La Plata, 21 de junio de 2016.
VISTO el expediente N° 24000-394/2016, la Ley Nacional Nº 25.506, su Decreto
Reglamentario N° 2.628/02, la Ley N° 13.666, su Decreto Reglamentario N° 305/12, la Ley
N° 14.803 y su modificatoria N° 14.805, el Decreto 39/15 B y su modificatorio N° 341/16,
y la Resolución N° 23/13 de la Secretaría General de la Gobernación, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la sanción de la Ley N° 13.666, la Provincia de Buenos Aires adhirió al
régimen jurídico establecido mediante la Ley Nacional N° 25.506, reglamentada por Decreto
N° 2.628/02 del Poder Ejecutivo Nacional, en la que se reconoce el empleo de la firma
electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que ella establece;
Que posteriormente, mediante el Decreto N° 305/12, se aprobó la reglamentación de
la Ley N° 13.666, designándose como Autoridad de Aplicación a la Secretaría General de
la Gobernación;
Que en virtud de dichas atribuciones, la Secretaría General de la Gobernación, a
través de la Resolución N° 23/13, aprobó el desarrollo e implementación de una Prueba
Piloto hasta tanto se perfeccione la puesta en marcha de la Infraestructura de Firma
Digital de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de utilizar los recursos tecnológicos
disponibles que permitan incorporar progresivamente la experiencia necesaria en la espe-
cie, con la finalidad de llevar adelante un proceso gradual de implementación de esta
herramienta;
Que la Ley N° 14.803 y su modificatoria N° 14.805, crea el Ministerio de Coordinación
y Gestión Pública con el fin de asistir a la señora Gobernadora en materia informática y
de telecomunicaciones, entre otras;
Que mediante Decreto N° 39/15 B y su modificatorio N° 341/16, se aprueba la estruc-
tura orgánica funcional de dicho Ministerio, determinando entre las competencias de la
Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías, dependiente de la
Subsecretaría para la Modernización del Estado, la de desarrollar y mantener actualizado
el sistema de información de programas y proyectos que tengan por objeto la innovación
de la gestión pública provincial;
Que asimismo, el Decreto N° 341/16 designa a la Subsecretaría para la Modernización
del Estado como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 13.666 y a la Dirección Provincial
de Sistemas de Información y Tecnologías como Autoridad de Registro para el ámbito de
la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada;
Que, en ese marco, la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías
se encuentra desarrollando la plataforma de Gestión de Documentos Electrónicos (GDE),
cuyo fin radica en la generación, registro y archivo de los documentos oficiales necesa-
rios para vincular en un expediente electrónico;
Que sin perjuicio de ello, la Subsecretaría para la Modernización del Estado, estima
necesario prorrogar por dos (2) años el plazo de la citada Prueba Piloto, a los fines de
permitir la sensibilización de los agentes y funcionarios con la herramienta y la necesaria
reingeniería de los procesos y procedimientos administrativos que debe acompañar
insoslayablemente la introducción de esta tecnología;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno,
Contaduría General y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
13.666, su Decreto Reglamentario Nº 305/12 y el Decreto N° 341/16;
Por ello,
LA SUBSECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Prorrogar el plazo estipulado en el Artículo 4° de la Resolución N°
23/13 de la Secretaría General de la Gobernación, por un término de dos (2) años conta-
dos a partir de la suscripción de la presente.
ARTÍCULO 2°. Encomendar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y
Tecnologías las acciones previstas en los artículos 3° y 5° de la Resolución N° 23/13 de
la Secretaría General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3°. Facultar a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y
Tecnologías a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias de la pre-
sente Resolución.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a la Dirección
Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías. Cumplido, archivar.
María Magdalena Acuña
Subsecretaria
C.C. 8.158
Municipalidades
________________________________________________
MUNICIPALIDAD DE CAMPANA
DECRETO 636
Campana, 27 de mayo de 2016
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Vétase parcialmente el Proyecto de Ordenanza sancionado por el
Departamento Deliberativo en la Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de mayo de
2016, referente a la instalación en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de una
terminal de RAFAM (Sistema de Reforma de la Administración Financiera Municipal) de
consulta e impresión de forma permanente.
Este veto parcial concierne estrictamente a una parte de los textos de los artículos 1°
y 2°, en donde dice: de consulta e impresión de forma permanente; y que se podrá dis-
poner de la totalidad de la información contenida en todos los módulos del sistema que
se encuentren en funcionamiento, a efectos del análisis de las cuentas municipales,
respectivamente, del referido Proyecto.
ARTÍCULO 2º.- Promúlgase la Or denanza sanc ionada p or el D epartamento
Deliberativo, en la Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de mayo de 2016, referente
a la instalación en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de una terminal de
RAFAM (Sistema de Reforma de la Administración Financiera Municipal) de consulta e
impresión de forma permanente, con excepción de lo vetado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Regístrase bajo el Nº 6.480 la Ordenanza que se promulga en el artí-
culo anterior.
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de
Gobierno y Gestión Pública y la Señora Secretaria de Gabinete.
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.
Abel Sánchez Negrete Sebastián Abella
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
C.C. 8.171

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