PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL PRIMER PARRAFO DEL PRIMER ART. DE LA LEY 25.764 - PROGRAMA DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS -, RESPECTO DE INCOPORAR LOS DELITOS RELACIONADOS CON LAS DESAPARICIONES FORZADAS DE PERSONAS.
Fecha de presentación | 06 Marzo 2018 |
Número de Iniciativa | 257/18 |
Comisión | Comisión de justicia y asuntos penales |
Autor de la iniciativa | Odarda , María Magdalena |
“2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
(S-257/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º.- Modificase el primer párrafo del primer artículo de la Ley
Nº 25.764, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º — Créase el Programa Nacional de Protección a
Testigos e Imputados, destinado a la ejecución de las medidas que
preserven la seguridad de imputados y testigos que se encontraren en
una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieran
colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación
judicial de competencia federal relativa a los delitos previstos por los
artículos 142 bis y 170 del Código Penal de la Nación y los previstos
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
María M. Odarda
FUNDAMENTOS
Señora Presidente.
El presente proyecto es una reproducción del expediente de mi autoría
N° 910/2016, el cual ha perdido su estado parlamentario a principios
de 2018.
El Comité contra la Desaparición Forzada, en las “Observaciones
finales sobre el informe presentado por la Argentina en virtud del
artículo 29, párrafo 1, de la Convención” (CED/C/ARG/CO/ 1) expresó
su preocupación debido a que “el Programa Nacional de Protección a
Testigos e Imputados no contemple expresamente los casos de
desapariciones forzadas como uno de los supuestos de intervención
del programa” (20, a). Esta iniciativa pretende precisamente avanzar
delitos relacionados con las desapariciones forzadas de personas, en
el marco de la Ley Nº 24.321.
Entendiendo que este proyecto, de ser sancionado, contribuirá a la
transparencia y a una mejor democracia, les solicitamos a los Sres.
Legisladores el presente proyecto de ley.
María M. Odarda
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba