Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2, 27 de Diciembre de 2019, expediente FRO 063499/2018/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 63499/2018/TO1 Nº253 Rosario, 27 de diciembre de 2019.

Y VISTOS: los autos caratulados ALMADA, D.A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: BONAMASSA, E.A., expediente número FRO 63499/2018/TO1, de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario.

CONSIDERANDO QUE:

1) La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, mediante Registro nº 2752/19 de fecha 26/12/2019, resolvió: “…HACER LUGAR, SIN COSTAS, al recurso de la defensa, ANULAR la resolución recurrida y CONCEDER la prisión domiciliaria a M.Á.F. bajo las pautas que el órgano jurisdiccional competente estime adecuadas…”.

2) Ante ello, a efectos de dar cumplimiento a lo resuelto por el Tribunal superior y establecer correcta y fundadamente tales pautas, al no contar con el incidente que se encuentra en poder de la Sala II de la CFCP y sin perjuicio de solicitar su más pronta remisión, y a fin de no demorar el trámite, corresponde ordenar una serie de informes y disponer medidas de protección provisoria relativas a la salud de M.Á.F., DNI 4.411.022, con domicilio sito en calle B.S. nº 1900-2001 de Grand Bourg, provincia de Buenos Aires, donde se presume cumpliría el arresto domiciliario.

Por ello; SE

RESUELVE:

Fecha de firma: 27/12/2019 Firmado por: O.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIANGELES USANDIZAGA, SECRETARIA DE CAMARA #34477392#253528745#20191227154245131

  1. TENER PRESENTE lo resuelto por la Sala II de la CFCP mediante registro nº 2752/19 del 26/12/19, y a fin de dar cumplimiento a lo allí dispuesto, solicitar a dicho tribunal la más pronta remisión del incidente 63499/2018/8;

  2. Sin perjuicio de ello, requerir con carácter de muy urgente trámite, los siguientes informes.

    1. a Gendarmería Nacional Argentina que realice un pormenorizado y exhaustivo informe socio-ambiental del domicilio sito en calle B.S. nº 1900-2001 de Grand Bourg, provincia de Buenos Aires, en el que incluya el concepto que tuvieren los vecinos de M.Á.F..

    2. al Cuerpo de Peritos-Médicos Forenses de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que realicen los exámenes médicos al encartado y eleven un informe con su actual estado de salud.

    3. al Juez de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº3 de Rosario acerca de todos los antecedentes y estado actual del cumplimiento de la condena que le fuera impuesta por ese Tribunal a M.Á.F., en especial respecto a...

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