Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 2 - SECRETARIA, 5 de Diciembre de 2019, expediente FLP 035584/2015/TO01

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 2 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 2 FLP 35584/2015/TO1 Plata, 5 de diciembre de 2019.

Para resolver en la presente causa FLP N° 35584/2015/TO1

del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Oral Federal N°2 de

esta ciudad, acerca de la comisión de un error al imponerle las multas

a los condenados G.A.C., D. y J.N., Sergio

Ayala y P.R., por lo que;

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Se desprende de la parte dispositiva de la sentencia de fs.

4958/83, en los puntos II) se condenó a G.A.C. a la

pena de tres (3) años y seis (6) meses de prisión y multa de doce mil

pesos ($12.000), accesorias legales y al 15% de las costas, por resultar

autor del delito de tenencia simple de estupefacientes en concurso real

con el delito de tenencia de arma de uso civil y de guerra de uso civil

condicional; VI) se condenó a D.A.N. a la pena de tres (3)

años y cuatro (4) meses de prisión, multa de cinco mil pesos ($5.000),

accesorias legales y el 10% de las costas por ser autor del delito de

tenencia simple de estupefacientes; VIII) se condenó a S.A.

a la pena de tres (3) años y cuatro (4) meses de prisión, multa de cinco

mil pesos ($5.000), accesorias legales y el 10% de las costas por ser

coautor del delito de tenencia simple de estupefacientes; IX) se

condenó a J.R.N. a la pena de tres (3) años y tres (3) meses

de prisión, multa de cinco mil pesos ($5.000), accesorias legales y el

10% de las costas por ser coautor del delito de tenencia simple de

estupefacientes y en el punto X) se condenó a P.R.R. a la

pena de tres (3) años de prisión cuyo cumplimiento se deja en

suspenso, multa de cinco mil pesos ($5.000) y el 10 % de las costas

por ser coautor del delito de tenencia simple de estupefacientes.

Tal decisión se afirmó en lo pactado por las partes en el acuerdo

glosado a fs.4797 con relación a R., a J.N. de fs. 4801, a

C. de fs. 4802, D.N. de fs. 4804, S.A. de fs.

Fecha de firma: 05/12/2019 Alta en sistema: 10/12/2019 Firmado por: N.J.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.G., Secretaria #32501167#218508733#20191210103437681 4803 y los fundamentos dados por el Sr. Fiscal General Dr. Rodolfo

Marcelo Molina a fs. 4805/10; mas una revisión de los montos

discernidos requiere que se corrija el error en que se incurrió, dado

que se han impuesto penas de multa por sobre lo que prevé la escala

penal en los arts. 189 bis, primer y segundo párrafo del apartado 2 del

Código Penal y 14 primera parte de la ley 23.737, de...

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